El legislador porteño Sergio Abrevaya dio detalles acerca de las nuevas obligaciones que deberán respetar las cada vez más numerosas compañías de delivery
17.07.2020 • 10:15hs • Nuevas leyes
Nuevas leyes
Se aprobó la ley que regula a los repartidores de delivery: "Arregla varios problemas serios"
Ayer la legislatura porteña aprobó la ley que regulariza las actividades que llevan a cabo las aplicaciones de delivery. La iniciativa establece que los repartidores deben estar habilitados y contar con seguros laborales, al tiempo que prohíbe el sistema de incentivo y castigo a los trabajadores.
Qué dice la ley
El legislador del GEN, Sergio Abrevaya dio detalles de las nuevas normativas. "Se regularizó la posibilidad de que las aplicaciones puedan funcionar. Que es algo muy importante porque se subsana un problema serio y se les puso una cantidad de obligaciones como tener seguro", afirmó.
Abrevaya indicó que los comercios se encontraban en desventaja con respecto al manejo de estas aplicaciones en cuarentena. "Le estaban cobrando a los comercios minoristas el 30% de comisión. Es un tremendo aprovechamiento de la pandemia porque solo el delivery permite repartir", aseveró.
:quality(70)/https://assets.iproup.com/assets/jpg/2020/07/10938.jpg?5.6.4)
Los repartidores sufren varios problemas en su trabajo
"Hay una discusión para más adelante acerca de cómo será la relación laboral. En relación a los precios, tienen que volver a lo que le cobraban al comercio antes. Por la caja que llevan, por ejemplo, van a tener que pagar impuestos. Por otro lado, no van a poder aplicar al mérito con respecto a la rapidez con la que entregan el envío", dijo.
La ley que se aprobó era un proyecto de la diputada de Vamos Juntos (VJ) Cristina García de Aurteneche. Cabe destacar que la propuesta original incorporó algunas propuestas del bloque opositor del Frente de Todos (FdT), entre ellas obligar a las empresas a que garanticen a los trabajadores los elementos básicos para su seguridad vial y sanitaria y, también, la obligación de contratar, a su exclusivo cargo, seguro de vida, responsabilidad civil y de accidente. La ley se promulgará en los próximos días, informó Radio Mitre.
Otros detalles de la nueva norma
La iniciativa fija que los repartidores deberán contar con la habilitación correspondiente para operar, además de inscribirse en el "Registro Único de Transporte de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias (RUTRAMUR)", según indica El Parlamentario. De esta manera, no descarta el el carácter de trabajador "independiente" que proponen las aplicaciones y que está en discusión por el gobierno nacional.
El texto además indica que aquellos establecimientos gastronómicos u otros locales comerciales que no desarrollen como actividad principal la mensajería urbana o reparto a domicilio quedarán eximidos de esta obligación.
:quality(70)/https://assets.iproup.com/assets/jpg/2020/06/10335.jpg?5.6.4)
Infografía con detalles de la ley
La vigencia de la habilitación será de un año, pudiendo renovarse en forma indefinida, y será otorgada a título personal y es intransferible. Para conseguirla, las aplicaciones deberán acreditar su inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y constituir un domicilio en la Ciudad y uno electrónico, entre otras cuestiones.
Por su parte, los ciclistas deberán acreditar que no poseen infracciones de tránsito y aprobar cursos de capacitación obligatorios, que incluirán nociones de seguridad vial y normativa vinculada con los servicios que presten. Y será obligatorio que posean casco homologado e indumentaria con bandas reflectivas.
Finalmente, las aplicaciones deberán ofrecer un mecanismo digital de reporte de quejas disponible para los usuarios, debiendo establecer un procedimiento eficaz para solucionar o dar respuesta a los reclamos. En caso de que las plataformas no cumplan con estos requisitos, se pueden aplicarse suspensiones de hasta 30 días, de la habilitación o la imposibilidad de obtenerla por el plazo de un año.