El Banco Ciudad anunció una reducción al 28% de Tasa Nominal Anual para refinanciar deudas en mora, en el marco del Programa de Desendeudamiento Familiar de la Ciudad de Buenos Aires.
Según informó la entidad, se trata de la tasa más baja del mercado para este tipo de refinanciaciones.
La medida alcanza a tres productos: préstamos personales, consumos con tarjeta de crédito y microcréditos.
Los plazos de refinanciación se extienden desde 24 hasta 60 meses, en el marco de la Ley 6959 de la Legislatura porteña, reglamentada por el Gobierno de la Ciudad.
Para dimensionar el alivio, conviene compararla con el resto del sistema. El Banco Nación había bajado del 35% al 29% la tasa de una de sus líneas de refinanciación a comienzos de septiembre de 2026. El Banco Provincia ofrece esquemas desde el 31% para perfiles de menores ingresos. Y la Tasa Efectiva Anual de un préstamo personal bancario común fue del 89,2% en agosto, según la consultora 1816.
Los cinco requisitos para acceder
Todos son excluyentes, hay que cumplirlos simultáneamente:
- Registrar deudas originadas en tarjetas de crédito o préstamos personales otorgados exclusivamente por entidades financieras
- Estar calificado en la Central de Deudores del BCRA en Situación 2 (atraso entre 60 y 90 días) o Situación 3 (atraso entre 90 y 180 días), al 1° de junio de 2026
- Tener ingresos mensuales del grupo familiar inferiores a diez salarios mínimos, lo que actualmente equivale a $3.678.000
- Acreditar que las cuotas adeudadas representan más del 30% de los ingresos mensuales del hogar
- Tener domicilio real en CABA con una antigüedad mínima de dos años
El plazo para adherirse vence el 13 de octubre de 2026.
Las cinco exclusiones
Acá está la letra chica que puede sorprender a más de un interesado:
- Dueños de más de un inmueble
- Propietarios de automóviles con menos de cinco años de antigüedad, excepto aquellos destinados a actividades laborales debidamente acreditadas
- Titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios registrados
- Tenedores de activos financieros (plazos fijos, títulos, bonos, cuotapartes de fondos comunes, acciones, moneda extranjera u otros) que excedan el total de la deuda reclamada
- Toda persona que haya comprado dólares durante el período en que se generó la deuda a refinanciar
Esa última condición es la más llamativa y merece atención especial. En un país donde la compra de divisas es una práctica de ahorro extendida y donde el cepo para personas humanas se eliminó en abril de 2025, el requisito implica que el comportamiento cambiario del deudor define su elegibilidad.
Lucía Bramante, abogada especializada en derecho del consumidor, explica la lógica detrás de esa exclusión: "El criterio busca distinguir al deudor que no pudo pagar del que eligió no pagar. Si alguien compró dólares mientras acumulaba mora, el programa interpreta que tenía capacidad de pago y la destinó a otra cosa. Es defendible desde la asignación de recursos públicos, pero también deja afuera a mucha gente que compró cien dólares para protegerse de la inflación mientras se atrasaba con la tarjeta. Son dos situaciones muy distintas que la norma trata igual".
Destino de los fondos y canales de tramitación
El destino está limitado: los fondos solo pueden usarse para cancelar obligaciones con el Banco Ciudad o con otros bancos supervisados por el BCRA.
Eso deja explícitamente afuera un segmento enorme: las deudas contraídas con billeteras virtuales o financieras no bancarias, donde los niveles de incumplimiento crecieron de manera mucho más pronunciada. La mora en entidades no financieras ronda el 30%, contra el 12,8% del sistema bancario.
Dicho de otra forma, quien debe en Mercado Pago, Ualá o una financiera de barrio no puede usar este programa para saldar esa deuda.
La tramitación se realiza a través de los canales habituales del banco: el chatbot BIT en WhatsApp, la banca telefónica al 0800-22-20400, los oficiales de cuenta y las sucursales de la entidad.
Hay además una línea adicional prevista en la ley: a través de Ciudad Microempresas, el banco lanzará un esquema destinado a emprendedores y trabajadores informales con deudas pendientes ante la entidad al 1° de junio de 2026, con los mismos requisitos generales y alcance para quienes acumulen entre 60 y 180 días de mora.
El efecto real de bajar la tasa
El contexto sugiere que es una mejora real pero acotada.
Un informe del Banco Nación difundido el 14 de septiembre de 2026 sostuvo que la mora "todavía no da señales de normalización", y detectó que los pagos mensuales de deuda pasaron de representar el 9,1% de la masa salarial a más del 24%.
A eso se suma un dato de la consultora Econviews: el 48,5% de quienes regularizaron su situación volvió a caer en mora dentro de los 12 meses siguientes.
Ese porcentaje es el que pone en perspectiva cualquier programa de refinanciación. Prácticamente uno de cada dos deudores que se pone al día vuelve a atrasarse en menos de un año.
Martín Cabezas, consultor especializado en crédito al consumo, señala dónde está el límite del esquema: "Bajar la tasa del 35% al 28% mejora concretamente la cuota mensual, eso no está en discusión. Pero el requisito de que la deuda represente más del 30% del ingreso familiar te dice quién es el destinatario: alguien cuyo presupuesto ya está desbordado. Refinanciar a 60 meses le da aire, pero si el ingreso real no mejora, el problema vuelve. La refinanciación compra tiempo, no capacidad de pago".