Martes, 30 de Mayo de 2023 14:50

AFIP: ¿de cuánto es la cifra de tenencias en criptomonedas no declaradas?

AFIP: ¿de cuánto es la cifra de tenencias en criptomonedas no declaradas?
El organismo regulador tributario detectó irregularidades en billeteras virtuales de 184 contribuyentes en declaraciones de Bienes Personales
Por iProUP
21.03.2023 18.00hs Economía Digital

Desde 2020, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) regula a las criptomonedas, al considerarlas como un activo financiero más.

En este sentido, el principal organismo en materia de recaudación en la Argentina las considera gravadas en el Impuesto sobre los Bienes Personales.

Recientemente, el ente detectó a 184 contribuyentes con saldos en sus billeteras virtuales que no fueron producto de las declaraciones juradas de Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2021.

Criptomonedas: ¿a cuánto asciende el monto no declarado por tenedores, según AFIP?

Las irregularidades advertidas por el organismo liderado por Carlos Castagnelo incluyen tenencias de fondos en pesos, moneda extranjera y criptomonedas, por un valor gravable de $1.523.241.357 (aproximadamente u$s7 millones), sobre el cual se aplicarán ajustes relativos a este tributo. 

"Las inconsistencias fueron encontradas a partir de la optimización de controles sobre el crecimiento que tuvieron las transacciones con monederos virtuales y criptoactivos a lo largo de los últimos años", apuntó la AFIP en un comunicado reciente.

Las irregularidades advertidas por el organismo liderado por Carlos Castagnelo incluyen tenencias de fondos en pesosmoneda extranjera y criptomonedas, por un valor gravable de $1.523.241.357, sobre el cual se aplicarán ajustes relativos a este tributo.

 

Las inconsistencias fueron encontradas a raíz de la serialización de controles a partir del crecimiento que vislumbraron las billeteras virtuales y criptoactivos durante los últimos años

Las tareas de fiscalización se enfocaron en las Declaraciones Juradas del impuesto sobre los Bienes Personales, para verificar que incluyeran la correcta exteriorización de criptomonedas y otros activos

¿Con qué criterio la AFIP exige el Impuesto sobre los Bienes Personales?

María Inés Brandt, del estudio Marval, O’Farrell & Marval, explica, en diálogo con iProUP que "un dictamen de AFIP interpretó que las criptomonedas son un activo financiero y, en consecuencia, están alcanzadas por el Impuesto sobre los Bienes Personales".

"Esa opinión de AFIP modificó el criterio adoptado en 2019 mediante la cual había considerado a las criptomonedas como "bienes inmateriales" y, por lo tanto, exentas del impuesto", apunta Brandt.

"Al asimilar a las criptomonedas a un título valor, la base imponible estará determinada por el último valor de cotización o de mercado al 31 de diciembre de cada año, si cotizan en bolsas o mercados", añade.

En caso contrario, de acuerdo a la especialista, "se pagará el impuesto sobre su costo incrementado en el importe de los intereses, actualizaciones y diferencias de cambio que se hubieran devengado a dicha fecha.

La AFIP busca
La AFIP busca regular a las criptomonedas, luego de incluirlas como un activo enmarcado en el Impuesto a los Bienes Personales

En cuanto a la alícuota aplicable, remarca que es una "cuestión que podría dar origen a distintas interpretaciones" y enumera:

  • Si las criptomonedas se consideraran ubicadas en la Argentina, las alícuotas pueden variar entre 0,5% y 1,75%
  • Si se encontrasen ubicadas en el exterior, las alícuotas incrementadas de 0,7% a 2,25% podrían resultar aplicables

En el caso de sujetos empresa, el Impuesto sobre los Bienes Personales es ingresado por la sociedad, al 0,5% del valor patrimonial proporcional al 31 de diciembre de cada año, expresa.

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