La Unidad de Información Financiera (UIF) dio a conocer que puso en marcha una investigación dirigida a recabar información sobre los tenedores de criptomonedas con el fin de "disponer de datos actualizados respecto a ese tipo de operatorias y adecuar el sistema de prevención de lavado de activos" y de financiación del terrorismo, a la vez que ordenó a una serie de sujetos y entidades a reportar cualquier transacción que pudiera considerarse sospechosa. 

Sin detallar fechas, el organismo encargado de prevenir operaciones financieras ilegales, comandado por Carlos Alberto Cruz, advirtió que "en los últimos tiempos se observa un incremento de las operaciones realizadas a través de activos virtuales" y, suponiendo que estas transacciones "podrían estar siendo efectuadas por personas que pretenden soslayar los estándares internacionales y evitar el sistema preventivo de lavado de activos", envió una nota a todos los sujetos obligados a reportar irregularidades para que refuercen los controles.

¿A quiénes se dirige la ley?

Entre los sujetos obligados a poner la lupa sobre eventuales transacciones ilícitas figuran:

A todas estas personas y sociedades, la UIF les hizo un "llamado de atención" a efectos de que "extremen sus recaudos respecto de acciones que pudieran significar una amenaza para al orden económico y financiero de nuestro país".

La orden llega en momentos en que el Gobierno apunta por diversos frentes a desinflar el mercado cambiario paralelo y evitar a todas costas la fuga de divisas del sistema financiero, ante la necesidad de dólares y la presión sobre el tipo de cambio que se ejerce por parte de personas y empresas que buscan salir del peso como moneda de ahorro.

El dólar y el bitcoin se convierten en ahorro

Asimismo, la UIF admitió estar "recabando información de los agentes involucrados con el fin de disp

El bitcoin se convirtió en refugio económico de muchos argentinos

oner de datos actualizados respecto a ese tipo de operatorias y adecuar el sistema de prevención de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo de nuestro país".

Al menos desde 2009 la UIF está trabajando sobre el tema. En ese mismo momento, el BCRA y la Comisión Nacional de Valores (CNV) también le habían puesto el ojo a Bitcoin y otras monedas. Especialmente, a las llamadas ICO, las Ofertas Iniciales de Monedas, un sistema de emisión de activos criptográficos que fue muy usado para fondear empresas.

Una de las razones fuertes para que los gobiernos quieran regular las criptomonedas es que estos activos financieros ofrecen un gran anonimato a sus portadores. A través de diferentes tecnología de encriptación, es muy complejo rastrear al usuario final de una wallet (el repositorio de bitcoins y otras criptomonedas). Por otro lado, en la Argentina es muy común el uso de criptomonedas para esquivar regulaciones. 

Particularmente, se vio un gran salto en cantidad de operaciones siempre que se establecen nuevos controles cambiarios relacionados a la compra de divisa extranjera. Esto es así porque Bitcoin, más allá de sus propiedades intrínsecas como activo financiero y especulativo, es una moneda que no ha parado de crecer en valor. En este sentido, muchos argentinos lo ven como un refugio de valor que está lejos de las regulaciones del Estado y por lo tanto una mejor alternativa al peso y al dólar cuando este último recibe nuevas regulaciones.

¿Cómo es la regulación en Argentina?

El artículo 126 de la Constitución Nacional (CN) afirma que "Las provincias no ejercen el poder delegado a la Nación (…) ni acuñar moneda; ni establecer bancos con facultad de emitir billetes, sin autorización del Congreso Federal". En este sentido, las criptomonedas no podrían considerarse como monedas estrictamente.  

Del mismo modo, los criptoactivos no cumplen con los recaudos exigidos por el art. 30 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina. El art. 30 exige dos requisitos para considerar a un instrumento como moneda: que el emisor del instrumento imponga el curso legal respecto del instrumento y la existencia de un valor nominal fijado al instrumento.

Sin embargo, y particularmente, en lo que atañe a las regulaciones bajo la legislación del Código Civil y Comercial de la Nación (CCYCN) podría la criptomoneda integrarse dentro del art 16 del citado libro, para ser considerado un "bien". Ya que bien es cualquier cosa susceptible de valor y las criptomonedas lo son abiertamente, informó El Cronista. 

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