La ex AFIP modificó límites: compras menores a $10 millones en supermercados serán consideradas como a consumidor final y quedarán exceptuadas del tributo
11.06.2025 • 08:44hs • ECONOMÍA
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ARCA exceptúa de la percepción del IVA a compras en supermercados por menos de $10 millones
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Desde ahora, las compras en supermercados menores a los $10 millones serán consideradas a consumidor final y quedarán exceptuadas del tributo.
Esta actualización se dio mediante la Resolución General 5710/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial.
La nueva normativa, que entrará en vigencia el próximo 1 de julio, será aplicable a los sujetos "que no acrediten su calidad de responsables inscriptos, exentos o no alcanzados con relación a dicho gravamen, o su condición de pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)".
De esta manera, el régimen de percepción no será de aplicación cuando "los adquirentes, locatarios o prestatarios, declaren expresamente su condición de consumidor final a través de la aceptación del comprobante o factura que para tales efectos se emitirá de conformidad con lo que disponga este organismo, y siempre que el vendedor, locador o prestador no pudiera razonablemente presumir que no se trata de un consumidor final".
La disposición fundamentó que "sin perjuicio de lo expuesto, se considerará que el adquirente, locatario o prestatario resulta consumidor final cuando el monto total de la operación perfeccionada no supere los $10.000.000, ello exclusivamente, para el caso de que el vendedor, locador o prestador haya declarado como actividad económica alguno de los siguientes códigos".
En este sentido, las actividades comerciales contempladas en la medida son:
- Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos
- Venta al por menor en hipermercados
- Venta al por menor en supermercados
- Venta al por menor en minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).
De esta manera, las compras realizadas por consumidores finales, en locales de consumo masivo de alimentos, quedarán exceptuadas del régimen desde el primer día del séptimo mes del 2025.
Así, los comercios tendrán una simplificación al reducir la cantidad de operaciones en las que deberán aplicar el régimen de percepción del IVA a aquellos clientes que superen el nuevo monto establecido, y que no hayan acreditado su condición tributaria.
Esta reciente modificación tiene lugar en línea con los recientes cambios en los regímenes de envío de información, que deben cumplir bancos y billeteras virtuales, y del régimen de emisión de comprobantes, que elevó también a $10 millones el monto base para que comercios identifiquen a los consumidores finales.
De esta forma, ARCA continúa con el plan oficial, impulsado desde el Gobierno Nacional, para reducir controles en los gastos de los argentinos y, entre otras cuestiones, fomentar la circulación de los 'dólares bajo el colchón' anunciado a mediados de mayo.