El Gobierno envió al Congreso un nuevo proyecto para modificar la Ley de Inocencia Fiscal, con el objetivo de ampliar el acceso al régimen, fortalecer la seguridad jurídica y despejar las dudas que frenaban la adhesión masiva de contribuyentes.

La iniciativa, que ya circula entre legisladores y fue confirmada por fuentes del Poder Ejecutivo, incorpora cambios sustanciales al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y apunta directamente a lo que el ministro de Economía, Luis Caputo, tiene como meta central: que los argentinos saquen los dólares del colchón e inyecten esos ahorros en la economía formal.

"Lo importante es que ese ahorro que hoy está debajo de los colchones se canalice en inversión, y esa inversión va a generar mayor crecimiento", dijo Caputo ante el Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas (IAEF).

El proyecto llega después de que el ministro reuniera a un grupo de tributaristas para escuchar sus observaciones sobre la ley original, sancionada en diciembre y vigente desde el 9 de febrero . Hasta ahora, el RSG acumuló más de 80.000 adhesiones, pero el universo potencial supera el millón de contribuyentes. El diagnóstico del sector privado era claro: la norma original generaba inseguridad jurídica y sus topes limitaban el acceso a demasiada gente.

1. Se eliminan los topes de ingresos y patrimonio para adherirse al régimen

Uno de los cambios más relevantes del nuevo borrador es la eliminación de los límites máximos de ingresos anuales ($1.000 millones) y patrimonio ($10.000 millones) que establecía la versión original para poder acceder al RSG. Con esta modificación, prácticamente cualquier persona humana residente fiscal en Argentina podrá adherirse, independientemente de su nivel de ingresos o su patrimonio declarado.

Así, el esquema se expande a las personas que no estén categorizadas como Grandes Contribuyentes Nacionales. Estos últimos también podrán adherir al régimen, pero únicamente para utilizar la declaración jurada simplificada y abonar el impuesto correspondiente, sin acceder al resto de los beneficios del RSG –como el tapón fiscal– ni a la posibilidad de canalizar dólares del colchón.

Para Litvin, que en la reunión con el ministro había planteado que "los topes limitaban el acceso a mucha gente", este ajuste es fundamental para multiplicar las adhesiones. Con las modificaciones aprobadas, la cantidad de contribuyentes inscriptos puede duplicarse respecto del nivel actual.

2. Compra de inmuebles en efectivo: compatibilidad con el régimen

Otro punto de alta relevancia práctica es la aclaración que introduce el proyecto sobre las operaciones inmobiliarias realizadas en efectivo. El nuevo texto establece expresamente que los pagos en efectivo efectuados en escrituras públicas vinculadas con inmuebles serán compatibles con los requisitos del régimen, lo que despeja uno de los interrogantes más frecuentes desde el lanzamiento de la ley.

La aclaración era necesaria porque el RSG exige que las operaciones utilicen mecanismos autorizados por el sistema financiero formal en el origen o en el destino, pero el mercado inmobiliario argentino tiene una larga tradición de transacciones en efectivo.

Ahora, quienes utilicen fondos alcanzados por la iniciativa podrán realizar compraventas de propiedades sin perder los beneficios previstos por la norma. Así, los pagos en efectivo efectuados en escrituras públicas son compatibles con la exigencia del régimen.

3. Qué cambia en el concepto de "discrepancia significativa" con ARCA

El proyecto también modifica uno de los puntos más sensibles de la normativa vigente: el concepto de "discrepancia significativa", el mecanismo que habilita a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a revisar e impugnar declaraciones juradas simplificadas.

La regla general se mantiene: habrá discrepancia cuando el ajuste supere el 15% de lo declarado. Pero el nuevo texto suma una salvedad importante: no se considerará configurada la discrepancia cuando la diferencia sea inferior al equivalente al 5% del monto previsto en el Régimen Penal Tributario, es decir, aproximadamente $5 millones en los valores actuales.

Además, el borrador incorpora un mecanismo correctivo reclamado por los especialistas: si el contribuyente rectifica su declaración y cancela las diferencias dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de la liquidación administrativa, no perderá los beneficios del régimen.

4. La carga de la prueba pasa a ARCA: mayor seguridad jurídica para el contribuyente

Para los tributaristas, el cambio más trascendente del proyecto es el fortalecimiento de la presunción de exactitud. El texto establece expresamente que la carga de demostrar la existencia de una discrepancia significativa recaerá exclusivamente sobre ARCA.

Además, se restringe el uso de determinadas presunciones para impugnar declaraciones simplificadas, incluyendo las vinculadas con depósitos bancarios, que eran uno de los puntos de mayor preocupación para quienes querían utilizar fondos históricamente fuera del sistema.

La norma aclara también que ARCA solo podrá usar información declarada y disponible en sus sistemas, y que cualquier otra consideración no tendrá valor probatorio. La carga de la prueba pasa a ARCA, lo que reduce la discrecionalidad del organismo fiscal.

5. Efecto favorable ante bancos, escribanos y la UIF

El proyecto también introduce una novedad relevante en relación con los sujetos obligados a reportar operaciones bajo las normas de prevención de lavado de dinero.

El texto establece que la adhesión al RSG deberá ser considerada como un antecedente favorable en los procedimientos de identificación y monitoreo de clientes ante la Unidad de Información Financiera (UIF) por parte de bancos, escribanos, agentes financieros y demás sujetos obligados.

Esta aclaración apunta a resolver una de las trabas más concretas que enfrentaban quienes intentaban usar sus ahorros no declarados: incluso quienes se adherían al régimen se encontraban con que, al momento de realizar operaciones de cierta magnitud, los bancos o escribanos debían reportarlos igualmente. Con el nuevo texto, la adhesión al régimen funciona como un escudo también frente a esos controles

6. Cuándo entran en vigencia los cambios y qué pasa con los plazos de 2025

El proyecto establece que las modificaciones tendrán efecto para los períodos fiscales iniciados desde el 1 de enero de 2025. Sin embargo, los especialistas advierten que los tiempos legislativos son ajustados. El vencimiento de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales se ubica en torno al 27 de julio, lo que deja márgenes muy estrechos si la ley no se aprueba antes.

Algunos tributaristas consideran que el impacto real del nuevo esquema se verá sobre todo en el ejercicio fiscal 2026, cuando los contribuyentes dispongan de tiempo suficiente para evaluar su adhesión con las nuevas reglas ya en vigencia.

El Gobierno, por su parte, ya extendió hasta fines de julio el plazo para adherirse al RSG, lo que le da un margen adicional para avanzar con los cambios legislativos antes de que cierre la ventana de adhesión correspondiente al período 2025.

Te puede interesar