A pocas semanas de su entrada en vigencia, el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) empieza a revelar la verdadera dimensión del cambio que se avecina para el mercado laboral y financiero argentino.
El nuevo régimen, creado por la Ley de Modernización Laboral y reglamentado por el Decreto 408/2026, alcanzará de manera obligatoria a un universo estimado de entre 476.000 y 525.000 empleadores registrados en el país, lo que da una idea del volumen de actores que deberán adaptarse al nuevo esquema antes del 1° de noviembre.
"La implementación del FAL representa una nueva oportunidad para fortalecer el vínculo entre las empresas y el sistema financiero, incorporando una herramienta que requerirá acompañamiento y una operatoria sencilla", adelanta a iProUP Flavio López, Líder de Portfolio Empresas en Banco del Sol.
Fondo de Asistencia Laboral: qué cambia para las empresas
El FAL es, en esencia, un régimen de acumulación de recursos destinado a prefinanciar indemnizaciones laborales por despido, preaviso, integración e incapacidad, entre otras causales de extinción del vínculo.
No reemplaza el régimen indemnizatorio vigente ni modifica la Ley de Contrato de Trabajo: los empleadores siguen siendo responsables de pagar lo que corresponda, pero ahora contarán con una cuenta individual donde acumulan esos fondos de manera anticipada, mes a mes, a través de una entidad habilitada por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
El esquema de aportes quedó diferenciado según el tamaño de la empresa. Las grandes compañías deberán derivar el 1% de las remuneraciones que sirven de base para las contribuciones patronales, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas con certificado vigente aportarán el 2,5% sobre esa misma base.
El efecto del FAL en el mercado financiero local (generado con IA)
Se trata, en ambos casos, de una reasignación de recursos que ya se destinaban al sistema previsional, por lo que, al menos en el discurso oficial, no implica un costo adicional neto para el empleador.
El FAL cubre indemnizaciones por despido sin justa causa, preaviso, integración de mes, mutuo acuerdo, incapacidad, fallecimiento o vencimiento de plazo fijo, entre otros; pero no aplica en casos de renuncia o jubilación.
"En casos de registración deficiente (salario declarado inferior al real o fecha de ingreso posterior), el FAL únicamente otorgará el capital calculado sobre la base de los datos que figuren registrados. El trabajador mantendrá su derecho a reclamar las diferencias adeudadas y el empleador responderá por los saldos y sanciones correspondientes", describe Sergio Verón, Socio líder de Business Process Solutions de Grant Thornton Argentina.
Félix El Idd, CEO de Fidelitas, manifiesta a iProUP que los FAL pueden sostener de manera tenue la demanda de inversiones en pesos y moderar tensiones cambiarias, aunque aclaró que no generan dólares ni garantizan estabilidad.
"Constituyen un factor de apoyo que no justifica reducir por sí solo la evaluación del riesgo cambiario de una empresa", expresa y subraya que su efecto será más complementario que estructural.
Llega el FAL: efecto en instrumentos de inversión
Según la Resolución 1276/2026, los fondos podrán colocarse en deuda del Estado nacional, deuda provincial y de la Ciudad de Buenos Aires, depósitos bancarios en entidades autorizadas por el Banco Central y obligaciones negociables privadas.
Para estas últimas, se exige oferta pública, negociación en mercados autorizados por la CNV y calificación de riesgo AAA otorgada por al menos dos calificadoras registradas.
El objetivo es preservar el valor de los aportes, garantizar la disponibilidad de fondos para afrontar prestaciones y diversificar riesgos.
El esquema obliga al sector privado a derivar entre un 1% y un 2,5% de la masa salarial hacia cuentas de capitalización gestionadas en el mercado financiero local, un flujo constante de recursos que se espera impacte directamente en el mercado monetario en pesos y contribuya a contener la volatilidad cambiaria.
Eduardo Vásquez, decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Belgrano (UB), explica a iProUP que estos fondos introducirán una demanda institucional masiva y no discrecional de instrumentos en pesos, lo que actuará como un amortiguador macroeconómico clave.
Según Vásquez, se trata de una demanda estructural que antes se destinaba a la seguridad social, "y ahora se canalizará hacia activos locales, con efectos directos sobre la estabilidad".
Uno de los impactos más relevantes será en la demanda de bonos soberanos argentinos y otros títulos de liquidez emitidos por el Estado. La normativa exige que al menos un 10% de los fondos se mantenga en activos de disponibilidad inmediata y bajo riesgo, lo que incrementará la demanda de instrumentos del Tesoro de corto plazo.
Esto le otorga al Estado una mayor capacidad para renovar vencimientos de deuda en pesos a tasas reales más bajas.
Sin embargo, el decano de la UB advierte sobre un riesgo de desplazamiento: "si los fondos se concentran excesivamente en deuda pública, se vería afectada la emisión corporativa privada, a menos que la regulación reserve cupos obligatorios para obligaciones negociables y títulos subsoberanos".
El Idd proyecta una mayor demanda de bonos y letras en pesos, lo que podría facilitar el financiamiento del Estado, aunque coincide cn Vásquez sobre el riesgo de concentración en deuda soberana: "Una crisis puede afectar simultáneamente el valor del FAL y la capacidad financiera de las empresas".
En cuanto a los fondos comunes de inversión, se espera una competencia agresiva entre sociedades gerentes, agencias de bolsa y bancos comerciales para captar las cuentas de las empresas empleadoras.
"Esto dará lugar al nacimiento de productos específicos, estructurados como fondos comunes de inversión dedicados exclusivamente a administrar estos recursos, con comisiones reguladas, límites de concentración y horizontes de inversión ajustados a los ciclos de rotación del empleo", precisa Vásquez.
"El movimiento robustecerá el segmento de renta fija y el mercado de dinero local, aunque desplazará la composición general de la industria hacia estrategias de baja volatilidad y alta liquidez", añade.
"Se trata de una herramienta que permite constituir reservas, de manera anticipada, para afrontar potenciales contingencias de salidas, pero no modifica la responsabilidad legal del empleador sobre los pagos a sus empleados", sintetiza, en tanto, Verón.
Cuáles son los riesgos de las inversiones de los FAL
Respecto al riesgo de mercado, Vásquez aclara que el FAL no se trata de un seguro ni un depósito garantizado.
Si los títulos públicos o privados que integran la cartera sufren un deterioro drástico, el valor de las cuotapartes disminuirá sin que exista garantía estatal de rendimiento mínimo. No obstante, la normativa establece estrictas reglas de diversificación y asegura que los fondos constituyen un patrimonio separado e inembargable frente a la quiebra de la sociedad gerente o de la firma aportante.
Además, los rendimientos obtenidos están exentos del Impuesto a las Ganancias y del impuesto a los débitos y créditos bancarios, mientras que las comisiones de administración –limitadas al 1%– son el único concepto alcanzado por el IVA.
"El tamaño o reconocimiento de la administradora no garantiza la seguridad del aporte. Siempre existirá algún tipo de riesgo", remarca, por su parte, el CEO de Fidelitas, sugiriendo que las empresas deberán analizar con rigor dónde colocan sus recursos.
El Idd también se refirió a escenarios de estrés financiero. Si los títulos en los que invierten las administradoras de los FAL sufren una caída abrupta, los recursos disponibles se reducirán y las empresas seguirán siendo responsables de cubrir sus obligaciones laborales.
"Los saldos del fondo no deberían tratarse como efectivo garantizado: debe evaluarse cuánto se conservaría bajo estrés y cómo cubriría cada empresa el potencial faltante, especialmente si coinciden pérdidas financieras con mayores despidos", avisa.