La intendente de Regulación Financiera del Banco Central de Uruguay, Patricia Tudisco, informó que trabajan en una reglamentación complementaria a la Ley 20.345, vigente desde el año pasado y enfocada en el sector de las criptomonedas.
La funcionaria señaló que buscan adecuarse a estándares internacionales ya vigentes en otras jurisdicciones, lo que implica revisar puntos clave de la legislación aprobada para fortalecer su alcance técnico y regulatorio.
Regulación de criptoactivos: las claves del cambio
Durante el Blockchain Summit Global en Montevideo, Patricia Tudisco comentó: "No puedo decir el número de lunes que estuvimos hablando de ese tema. Pero, nos llevó a una discusión fundamental", aludiendo al complejo proceso regulatorio.
Tudisco explicó que la ley otorga potestad para incorporar a empresas proveedoras de servicios sobre activos virtuales financieros, siempre que exista una definición clara establecida por la reglamentación del banco central correspondiente.
Indicó que el primer reto fue precisamente establecer esa definición, lo cual demandó semanas de trabajo técnico y coordinación institucional para alcanzar criterios normativos aplicables en todo el sistema financiero vinculado a activos digitales.
Detalló que si bien la regulación se centra en el proveedor como sujeto, no significa que se excluya el análisis del activo: "Porque que no estemos regulando el objeto no quiere decir que no hay una consideración sobre el objeto".
La ley contempla también a quienes se dedican a la compraventa de activos virtuales no financieros, lo cual obligó a precisar diferencias entre estos operadores y los que manejan activos considerados de carácter financiero.
El tratamiento normativo para cada tipo de proveedor difiere de forma significativa, especialmente en relación con los riesgos asociados y las exigencias de transparencia hacia el sistema regulador nacional e internacional en materia de activos digitales.
"Esta diferenciación fundamental la hace porque, para el ‘proveedor de servicios de activos virtuales financieros’, el foco de la regulación es pensando en la protección del consumidor y en temas de materia de prevención de lavado", explicó Patricia Tudisco.
"Sin embargo, para el otro, que en nuestra regulación que pronto van a ver lo estamos llamando ‘proveedor de servicios de activos virtuales no financieros’, el foco que va a tener la regulación es únicamente en materia de prevención de lavado", agregó.
Bitcoin y su rol en regulación uruguaya
Patricia Tudisco afirmó: "Para nosotros en el Banco Central, bitcoin es un activo virtual no financiero. Entonces, si una empresa solamente presta servicios de compraventa de bitcoin, va a entrar como proveedor de servicios de activos virtuales no financieros".
Advirtió que quienes custodien únicamente este tipo de activos quedarían fuera de la regulación actual: "Si lo único que hiciera es custodia de un ‘no financiero’, como la ley no nos mandata a poder regular a esa empresa y solamente nos limita a la compraventa [de un activo financiero], quedas afuera de la regulación".
Destacó que esta limitación debería revisarse: "Por eso, les decía esa revisión que me parece que debería pensarse en algún momento, porque en otros países la regulación fue sobre la actividad, sobre los servicios prestados, sin pensar en cuál era particularmente el objeto".
Aunque todavía no se compartió la definición completa que prepara el Banco Central, Tudisco recalcó que estas categorías permitirán a las empresas saber qué conjunto normativo les corresponde según el servicio y tipo de activo involucrado.
Precisó que una stablecoin como tether sí será considerada un activo financiero, por lo que su compraventa requerirá cumplir con los requisitos para proveedores de servicios de activos virtuales financieros bajo la nueva estructura legal.
En ese caso, quienes ofrezcan tanto tether como bitcoin también deberán adherirse a esa licencia superior, por el simple hecho de incluir activos virtuales financieros en su cartera de productos disponibles al público.
Tudisco concluyó: "Hay una oportunidad para que los legisladores revisen esta visión en el marco de la evolución del ecosistema cripto, inclusive pensando también si necesitamos regular alguno de estos objetos como, por ejemplo, el activo virtual estable, la emisión".