La decisión fue adoptada por la Corte Suprema de Santa Fe. Todos los detalles de la polémica medida y qué pasará en los próximos meses
24.02.2022 • 17:00hs • Ciberseguridad
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¿Por qué postergaron el inicio de la firma digital obligatoria en Santa Fe?
La Corte Suprema de Santa Fe hizo lugar al reclamo del Colegios de Abogados de la provincia y prorrogó hasta el 1° de julio la entrada en vigencia de la firma digital obligatoria.
El pedido fue realizado por la Federación de Colegios de Abogacía de la Provincia de Santa Fe (FECASFE).
La organización solicitó más plazo para la implementación de la obligatoriedad del uso de la firma digital.
La medida debía entrar en vigencia el 1° de marzo para la presentación de demandas y escritos.
La decisión
"Las entidades aquí nucleadas consideran que aún existe un alto número de profesionales que no cuentan con esta herramienta", comentaron desde la federación.
En septiembre de 2021, la Corte provincial informó que a partir del 1 de marzo de 2022 todas las demandas y escritos que se interpongan debían contar con la firma digital.
Tanto para el inicio electrónico de demandas y las pautas de funcionamiento como para la presentación electrónica de escritos.
Por ese motivo, le solicitaron al presidente de la Suprema Corte, Rafael Gutiérrez que prorrogue la puesta en vigencia de la obligatoriedad de la firma digital para el 1 de julio.
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Firma digital pospuesta
¿Qué es la firma digital?
La firma digital es una solución tecnológica que permite autenticar el origen y verificar la integridad del contenido de un texto.
De modo que ambas características sean demostrables ante terceros. Es decir, permite saber si un documento digital es auténtico y no fue alterado.
Esto se logra al utilizar una serie de operaciones matemáticas que posibilitan que esa rúbrica sea única, genuina y verificada por la persona que recibe el documento.
"Se trata del resultado de aplicarle a un documento digital un procedimiento matemático que requiere información de exclusivo conocimiento del firmante, encontrándose la misma bajo su absoluto control", indica a iProUP Matías Comas, abogado de la Escribanía Comas.
Y añade que "debe ser susceptible de verificación por terceras partes, de manera tal que esa comprobación permita simultáneamente identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma".
¿Qué tecnología usa?
"La firma digital se basa en una clave privada y una pública. Pero, pese a todo esto, en la práctica el proceso de firma digital es automático y de sencilla utilización", aclara Comas.
Por su parte, Silvia Iglesias, del estudio ITSB Silvia Iglesias & Asociados, explica a iProUP que "el algoritmo genera un aplicativo específico de firma y está compuesto por los datos completos del firmante ".
Según la letrada, "ese algoritmo genera una clave pública y privada y el documento se valida teniendo ambas".
Se trata de un funcionamiento similar al de las criptomonedas, que también usan cifrado para garantizar el máximo de seguridad.
Por lo tanto, cuando se envía un documento firmado digitalmente el receptor debe tener la clave pública para validarlo, puesto que el documento ya contiene la privada.