La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este jueves la Resolución General 5029, mediante la cual implementará nuevos controles sobre las operaciones virtuales y generó dudas entre los usuarios de las fintechs y exchanges.

Con esta nueva medida –que entrará en vigencia a partir del período julio de 2021-, la AFIP sumará más controles a las operaciones virtuales -a las ya previstas en la Resolución General 4614 de octubre de 2019- y que afectarán a las transacciones de activos efectuadas mediante herramientas y/o aplicaciones informáticas.

"De esta manera se busca equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias. La medida mejora las herramientas de control de un sector de los servicios financieros", destacó el organismo, que busca que las PSP actúen como agente de retención y liquidación.

Además, se incorpora como parte de la información a suministrar por parte de las PSP el dato de la Clave Virtual Uniforme (CVU) que permite la identificación y trazabilidad de transferencias de fondos que se realicen entre cuentas a la vista cuando, como mínimo, una de ellas pertenezca a una empresa proveedora de servicios de pago, facilitando la interoperabilidad entre cuentas a la vista y servicios de pago, de acuerdo con el texto oficial.

 

Y si bien la resolución lo que busca es verificar la correcta liquidación del impuesto sobre los débitos y créditos por parte de los PSP e identificar a los titulares de las cuentas de pago y realizar una trazabilidad de las transferencias de fondos que realizan y detectar maniobras de evasión, lo cierto es que generó más dudas que certezas.

iProUP consulto a dos expertos en la materia, como lo son Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios y Marcos Zocaro, tributarista y autor del libro "Manual de criptomonedas", quienes aportaron respuestas a las dudas que surgieron tras la publicación de la Resolución General 5029 en el Boletín Oficial.

1) Tengo bitcoins en un exchange que usa CVU, ¿la AFIP podrán saber si tengo criptomonedas? ¿qué pasará cuando quiera cambiar esas monedas por pesos?

Domínguez recuerda que con la resolución 4614 –vigente desde 2019-, cuando se hacen depósitos en la cuenta a la exchanges en un mes de más de 10 mil pesos, esta debería informar a la AFIP acerca de las operaciones que se hicieron y del saldo de la cuenta.

"Por lo cual la AFIP tiene información de esas criptomonedas compradas, pero no va a pasar nada cuando se haga una transacción a través de la exchange, no es que vas a tener un bloqueo ni nada por el estilo", explica el especialista.

2) Opero normalmente P2P con Binance, Airtm y similares, ¿me podrán bloquear transferencias a otros usuarios para compraventa de  criptomonedas?

"La AFIP no puede, mediante una resolución, establecer algún tipo de bloqueo, pero si se pueden aplicar las normas antilavados de los bancos. Entonces, si vos operas con Binance y vendes criptos P2P y te transfieren el dinero a tu cuenta bancaria o virtual, esos movimientos que el banco entienda como sospechosos de lavado podrían generar que se bloquee la cuenta", alerta Domínguez.

Al respecto, Zocaro agrega que "los bancos o billeteras digitales, como Ualá, a los usuarios que compran y venden criptomonedas vía P2P -como en Binance- les suelen bloquear las cuentas por mover mucho capital sin justificar por no estar inscriptos en ningún impuesto o directamente los bancos digitales sospechan que están operando criptomonedas y le bloquean los fondos hasta que puedan demostrar el origen, pero esto no es por orden de ninguna exchange".

 

3) Suelo vender en Mercado Libre, ¿la AFIP podría retenerme el dinero de mis compras que se acreditan en la cuenta virtual de Mercado Pago?

Domínguez explica que la AFIP no puede retener dinero. "Es Mercado Libre quien lo hace para cumplir con las normas vigentes. Para que la Administración Federal de Ingresos Públicos lo haga, debe pedir un embargo a un juez y este será quien lo determine".

Al respecto Zocaro advierte que en agosto entrará en vigencia el decreto 301 del 2021, por el cual se "van a aplicar impuestos a los débitos y créditos a las acreditaciones en muchas cuentas CVU -donde se excluye a los monotributistas-, pero tendrá la misma lógica que el impuesto al cheque en las cuentas CBU".

4) Invertí en los fondos comunes de Ualá y MercadoPago, ¿qué puede hacer la AFIP con el dinero que voy ganando y se  acredita en mi cuenta virtual?

"Si sos una persona humana –explica Domínguez- los rendimientos de los Fondos Comunes de Inversión están exentos de Ganancias", por lo tanto, detalla el experto, AFIP solamente puede pedir a un juez que actué –con un embargo- si se adeudan impuestos, por ejemplo.

5) Tengo un local y cobro con QR de MercadoPago, ¿la AFIP podría retener impuestos o bloquear fondos de mis ventas?

Zocaro subraya que AFIP no puede retener, sino que quien lo debe hacer es Mercado Libre, "porque ya es agente de recaudación, tanto a nivel nacional como en la mayoría de las provincias. Por lo cual retiene IVA, Ganancias e Ingresos Brutos. No es que se transformó ahora en agente de recaudación, sino que ya lo era".

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