Con las criptomonedas cada vez más presentes en el día a día de los inversores y la aparición de nuevas más plataformas dedicadas al sector, los gobiernos buscan formas de regular este mercado.

El Gobierno de España, por ejemplo, anunció que los proveedores de servicios de criptomonedas deberán informar de sus movimientos a los bancos y entidades de servicios de inversión en cuanto a su accionar destinado a prevenir el fraude y el blanqueo de capitales.

El Ejecutivo confirmó la medida a través de un real decreto que transpone una normativa europea por la que los servicios de criptoactivos, al igual que otras plataformas de compraventa y cambio de divisas de curso legal, serán considerados sujetos obligados al movimiento fiscal en el país.

Como condición de sujetos obligados, dichos operadores deberán cumplir con las medidas de prevención del fraude, estar registrados y supervisados por las autoridades, de acuerdo al decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros, por el que se trasponen múltples directivas comunitarias del ámbito económico.

El Banco de España solocitá a las plataformas cripto en el país que informen sus movimientos y operaciones

Hasta la fecha, en el catálogo de operaciones de blanqueo de capitales, según detalla el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), se encontraban los siguientes rubros:

De esta manera, este tipo de plataformas deberán reportar las operaciones sospechosas de blanqueo y financiación al terrorismo. La medida afectará todas las plataformas que operan en España, de acuerdo a lo detallado por el ministerio de Economía, entre las que se incluyen wallets y exchanges.

En el caso de los "wallet service providers" (servidores donde se guardan las claves de los usuarios), estos tendrán que estar registrados ante el Banco de España, con su nombre y apellidos. Además, deberán tener la obligación de almacenar los datos de sus clientes, pero no así al Banco de España, si bien el Sepblac tendrá potestad para solicitarlos. 

Por otra parte, el Consejo de Ministros anunció la creación de un registro único de la titularidad real de sociedades que integrará la información disponible en el Registro Mercantil del país y las bases de datos notariales, al que se incorporararán los trust, con el fin de facilitar el intercambio de información con otros países de la Unión Europea.

Asimismo, la ley se amplía a cajas de seguridad y todas las cuentas de pago las obligaciones del Fichero de Titularidades Financieras, un sistema automatizado con información actualizada de los titulares de cuentas bancarias y demás activos.

Solvencia ante riesgos

El decreto transpone también la quinta directiva de Requisitos de Capital, conocida por sus siglas en inglés como CRD-V, y que tiene como objetivo asegurar la solvencia de las entidades y establecer los incentivos para que no asuman riesgos de pago excesivos.

Incluso, se incorpora al ordenamiento español la directiva sobre resolución de entidades financiera, cuyo fin es asegurar una eficaz gestión de crisis cuando la insolvencia es inevitable, facilitando la absorción interna de pérdidas para evitar el rescate de un banco con fondos públicos, y proteger al máximo al contribuyente. 

Te puede interesar