AFIP: cómo dar de alta el monotributo

A continuación, te compartimos una guía con el paso a paso para inscribirse en el régimen para pequeños contribuyentes de la AFIP
Por iProUP
Innovación
21.09.2022 • 11:18hs • Innovación

El monotributo es el régimen que tienen los pequeños contribuyentes para cumplir de forma simplificada sus obligaciones con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

A continuación, te compartimos una guía completa con los pasos a seguir para realizar la adhesión de manera muy sencilla.

El primer paso para inscribirte en el Monotributo es contar con CUIT y clave fiscal. Quienes aún no lo tengan, pueden gestionarlo en línea desde el portal monotributo y presionar sobre "Comenzar inscripción".

Ya con CUIT y clave fiscal se puede iniciar la adhesión ingresando al portal Monotributo que se encuentra en la página principal de la web de AFIP. Allí el sistema solicitará la clave fiscal para el siguiente paso.

En el menú personal que aparece en pantalla se debe seleccionar la opción comenzar con el alta de Monotributo para ser derivado automáticamente al sistema Registro Único Tributario.

Una vez allí se deberá informar desde qué mes se va a realizar la inscripción. Luego el sistema habilitará 2 opciones:

Para gestionar el Monotributo es fundamental contar con Clave Fiscal

En el siguiente paso el sistema mostrará los domicilios registrados en la AFIP para que se indique qué tipo de domicilio provincial es cada uno.

Los tipos de domicilio son:

Fiscal pcial / jurisdicción sede: este tipo de domicilio es obligatorio, se debe asignar la caracterización a alguno de los que se tenga declarados.

Principal de actividades: se debe asignar esta caracterización al domicilio donde se desarrolla la actividad principal, es decir donde se obtienen los mayores ingresos.

Es obligatorio declarar este tipo de domicilio solamente para los contribuyentes de convenio multilateral.

Fiscal jurisdiccional: lo utilizan únicamente contribuyentes en convenio multilateral para declarar un domicilio fiscal en una jurisdicción diferente a la sede.

Otros domicilios: corresponde a sucursales donde se realiza la actividad y que no se encuadra en los descriptos anteriormente (locales y establecimientos).

Sin actividad: es para aquellos domicilios declarados a fines legales donde no se desarrolla actividad. Se debe tener en cuenta que este domicilio no se considera para determinar jurisdicción.

Es importante destacar que se puede establecer más de una caracterización para cada uno de los domicilios.

En el siguiente paso se tiene que indicar si se obtienen ingresos o se realizan gastos en alguna jurisdicción distinta a la sede.

Ahora es el turno de declarar la actividad, la cual se la debe buscar por nombre o código de actividad de AFIP en una lista desplegable.

Tras seleccionarla y presionar "Confirmar", el sistema abrirá una ventana donde solicitará que se relacione la actividad escogida con una actividad provincial de las que figuran en la lista.

Se debe tildar una e indicar la fecha de inicio; después presionar sobre GUARDAR CAMBIOS y verificar que la información sea correcta.

Superada esta instancia ya se puede seleccionar en qué régimen impositivo inscribirte. En este caso corresponderá escoger MONOTRIBUTO e indicar cómo se va a trabajar:

Ahora corresponde indicar si en la cuota mensual se pagará aporte jubilatorio y de obra social. Para despejar dudas, AFIP colocó un botón AYUDA SOBRE ESTE PASO para encontrar información útil al respecto.

Luego corresponde elegir una obra social de las que se encuentran en el listado.

También se puede elegir unificar aportes con los del cónyuge para destinarlos a una misma obra social o agregar miembros a tu cargo en tu obra social.

Es importante que se tenga en cuenta que para tener el alta en la obra social, luego de que se termine el trámite de adhesión en AFIP, se debe concurrir a la obra social escogida y llevar la documentación solicitada.

Tras revisar la información y modificar algún error, se estará en condiciones de confirmar la adhesión al monotributo e imprimir las constancias y credenciales y concurrir a la ANSES a la brevedad posible y para tener cobertura de la obra social.

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