En una causa por alimentos, la Justicia Civil rechazó la nulidad articulada por un progenitor quien fue notificado vía WhatsApp,
12.12.2020 • 09:23hs • Nuevas vías
Nuevas vías
Notificaciones judiciales: un caso argentino que usó WhatsApp sienta precedente en el uso de la plataforma
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 92, a cargo de María Victoria Famá, rechazó in limine la nulidad planteada contra una notificación efectuada mediante la aplicación de mensajería WhatsApp.
Para así decidir, la magistrada recordó las diversas medidas adoptadas por la Corte Suprema en el marco de la emergencia sanitaria producto del COVID-19 y el "contexto excepcional" en que se encuentra atravesando el país. "(…) los distintos tribunales han habilitado la posibilidad de acudir a las herramientas tecnológicas actualmente disponibles, con el objetivo de facilitar a las partes el acceso a la justicia y, a la par, observar las directivas trazadas por nuestro máximo Tribunal, en el sentido que las funciones se cumplan prioritariamente desde los lugares de aislamiento", manifestó la jueza en los autos "M., J. c/ S., M. s/Alimentos".
De este modo, la magistrada sostuvo que "es necesario simplificar el acceso a los procesos judiciales y facilitar una tramitación ágil, y en este punto el aprovechamiento de las herramientas que brinda la tecnología tiene entonces un rol indiscutible", y advirtió: "Estas posibilidades que hoy nos ofrece la tecnología y hemos utilizado frente al ASPO y luego al DISPO, 'han llegado para quedarse'".
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Con esta sentencia se aienta precedente para el uso de WhatsApp como medio de notificación
Al respecto, la magistrada hizo hincapié en el acceso a justicia y la economía procesal. "(…) mediante las herramientas que hoy nos presentan los avances tecnológicos se busca facilitar la posibilidad de 'llegar ' al sistema judicial y obtener un pronunciamiento judicial justo en un tiempo prudencial, mediante un proceso ágil y libre de obstáculos", sostuvo.
Y concluyó: "Si algo ha quedado demostrado en los últimos meses es que la notificación a través de WhatsApp ha venido a agilizar los procesos de alimentos en los que era frecuente una tardanza de meses hasta lograr la traba de la litis. La fehaciencia de la notificación no surge de las normas rituales ni de los añejos tratados de derecho procesal; se desprende de los propios avances tecnológicos que permiten verificar si un mensaje se ha leído, tomando todos los recaudos que se han impuesto en el Juzgado a fin de garantizar los derechos de ambas partes en el proceso. Tan es así, que la notificación la realiza personalmente el Actuario".