La Ley de Economía del Conocimiento finalmente podría promulgarse este miércoles, luego de estar frenada desde principio de año. El Frente de Todos consiguió el dictamen que avala los cambios hechos en el Senado con el respaldo de los interbloques Unidad Federal para el Desarrollo y el Interbloque Federal, este ultimo con disidencias.

La iniciativa establece un régimen de promoción desde el 1 de enero de este año hasta el 31 de diciembre de 2029, que incluye beneficios fiscales e impositivos para pequeñas, medianas y grandes empresas donde el 70% de la facturación esté vinculada a las actividades promovidas.

La principal diferencia entre el texto aprobado por Diputados y el que finalmente tuvo luz verde en el Senado radica fundamentalmente en el escalonamiento de los beneficios a las empresas según su volumen, ya sean grandes, medianas o pequeñas.

Juntos por el Cambio, que en junio había acompañado la sanción de Diputados, se mostró disconforme con los cambios realizados en la Cámara alta y anticipó su rechazo al dictamen de mayoría y su consecuente votación en contra en la sesión del miércoles.

Cabe recordar que la Ley de Economía del Conocimiento había sido, originalmente, aprobada por el Congreso durante el gobierno de Mauricio Macri pero la administración de Alberto Fernández suspendió en diciembre su aplicación hasta mandar una nueva iniciativa al parlamento, que es la que se debate actualmente.

Debate

Durante el debate, el presidente de la comisión de Presupuesto, Carlos Heller (Frente de Todos) señaló: "Cuando se trató este proyecto en Diputados no intervine, porque la ley como venía no me terminaba de dejar satisfecho; porque no diferenciaba empresas grandes de empresas chicas".

"Los cambios que incorpora el Senado vienen en la dirección de lo que a mí me dejaba insatisfecho; porque en el proyecto de Diputados había algo, pero era insuficiente y ahora se contemplan los beneficios a través de un escalonamiento por el tamaño de las empresas", remarcó Heller.

La también oficialista Claudia Bernazza calificó a los cambios realizados por el Senado de "absoluta sensatez ya que benefician al federalismo" y elogió que contemple "algunos cortafuegos para evitar que esta ley permita otro tipo de negocios a través de los beneficios que pretende dar".

Por el lado de Juntos por el Cambio, la radical Karina Banfi dijo que el bloque opositor no puede acompañar este dictamen "por la incoherencia en la cual se apoya toda la política productiva de este Gobierno".

"Nosotros nos sentamos en mayo con el ministro –de Desarrollo Productivo, Matías- Kulfas, que nos convocó a la oposición para llegar a un acuerdo en aquel proyecto que había presentado el Gobierno", relató.

En ese sentido, agregó: "Así se consiguió por unanimidad la media sanción de Diputados; ahora nos encontramos con que tenemos que revisar y acompañar estas cuestiones que no benefician a un mercado exportador".

A su turno, el mendocino José Ramón, del interbloque Unidad para el Desarrollo, apoyó el proyecto al señalar que "es una postura más política que técnica" ya que "el Senado corrigió una inequidad muy grande y hay que celebrarlo".

"Estamos de acuerdo con que esa falta de igualdades no se profundicen. No nos tenemos que asustar porque haya una ley que dé beneficios en forma escalonada", enfatizó.

Desde el interbloque Federal, el socialista Luis Contigiani, dijo estar de acuerdo con algunos de los cambios hechos por el Seando y en contra de otros: "Intentemos cerrar una idea desde la política democrática para este sector de la economía que es el presente y el futuro del país", resumió. 

"No hay grandes intereses entre el bien y el mal. A las empresas chicas hay que hacerlas grandes y a las grandes hay que convertirlas en multinacionales argentinas", completó.

Nuevo borrador

Entre las principales modificaciones aparece el beneficio en el Impuesto a las Ganancias, cuyo recorte ya no será de 60% para todos los beneficiarios del régimen, sino sólo para las micro y pequeñas empresas. Las grandes firmas sólo tendrán un beneficio del 20%.

Además, sólo las compañías de desarrollo de software podrán gozar de ese recorte de forma retroactiva a enero, quedando afuera otras -como Mercado Libre- que perderán casi todo este año.

También se quitó de la ley toda pretensión de otorgar estabilidad fiscal a las actividades de Economía del Conocimiento: todos los gobiernos -nacional, provinciales y municipales- podrán aumentar la carga impositiva a mitad de desarrollo de sus proyectos.

Por otra parte, se agregan impedimentos, como acreditar el cumplimiento de "obligaciones gremiales" para revalidar la continuidad en el régimen. 

Las firmas de software tendran los beneficios retroactivos al 1º de enero de 2020

Pero no es el único cambio incluido para mantener los beneficios: cada año deberán demostrar que se mantuvo o aumentó la plantilla de personal durante la vigencia del régimen, que vence en 2029.

Ariel Becher, de EY Argentina, asegura a iProUP que el hecho de que tratamiento de la ley se reactive "es importante" para la industria del conocimiento.

"Es la continuación del régimen de promoción de software que estuvo muchos años en vigencia y que sería indispensable que se siga aplicando como continuidad del anterior que terminó en 2019", afirma Becher.

En efecto, el experto señala que "las empresas participantes de la anterior ley de software están esperando que se confirme la vigencia para seguir aplicando los beneficios para 2020 inclusive".

De acuerdo con el especialista, "es necesario entonces que se defina el marco normativo para que las compañías puedan empezar a tener certeza de los beneficios y empezar a aplicarlos cuanto antes.

Cambios, uno por uno

Los puntos clave de las modificaciones que introdujo el Senado para su tratamiento en el registro son los siguientes:

1. Impuesto a las Ganancias

Los beneficiarios tendrán una reducción de un porcentaje del monto del tributo correspondiente a la actividad promovida, de acuerdo con el siguiente esquema:

- 60% para micro

- 40% para Pymes

- 20% para grandes

En la media sanción de Diputados, que criticó CFK, el beneficio era una reducción de 60% para todos.

"Sumado a todos los demás requisitos de la ley, lo real es que la mayoría de las compañías que encuadrarán sólo obtendrán el beneficio del 20%", indica a iProUP Juan Magadan, de PwC Argentina.

Pero, en el otro plato de la balanza, había un cupo fiscal para este beneficio y ahora el Gobierno podrá dar todo el subsidio que se exija cada año.

2. Estabilidad fiscal

En el nuevo texto de Senadores se excluye la estabilidad fiscal, uno de los puntos más pedidos por las empresas del rubro por la previsibilidad que ofrece en sus planes de negocio.

"Si bien los beneficios otorgados por el régimen se mantienen vigentes, siempre que se cumplan ciertos requisitos, a diferencia de las versiones anteriores, el Gobierno nacional o los provinciales podrán establecer nuevas imposiciones sobre la actividad o sus titulares", resalta Guillermo Poch, de BDO Argentina

3. Servicios profesionales de exportación

Se establece una lista taxativa de servicios incluidos, pero se autoriza a la autoridad de aplicación a incluir otras prestaciones no previstas.

"Si bien se pretende establecer una limitación, en rigor, la especificación no tiene mucho sentido práctico", afirma a iProUP Lucas Gutiérrez, del estudio Lisicki, Litvin & Asoc.

Según el experto, cualquier servicio profesional de exportación potencialmente podría calificar para ingresar al régimen cumpliendo el resto de los requisitos.

"Es de destacar que se incluye en el marco de la norma a todas aquellas actividades de uso intensivo de recursos humanos calificados", añade Poch.

En la definición de servicios profesionales exportables, se incluye a los servicios de publicidad, creación y realización de campañas publicitarias (contenidos, comunicación institucional, estrategia, diseño gráfico y web, difusión publicitaria) y búsqueda de personal, entre otros.

4. No exclusión

"Una novedad ya contemplada en el proyecto aprobado en Diputados es que se podrán inscribir en el Registro no sólo las empresas cuyo 70% de la facturación provenga de su actividad promovida revistiendo la condición de 'principal'", afirma Gutiérrez.

Y completa: "También podrán hacerlo sin cumplir este requisito si acreditan el desarrollo de actividades promovidas de manera intensiva para incorporar conocimiento derivados de avances científicos y tecnológicos en sus productos, servicios o procesos productivos, con el fin de agregar valor e innovación".

5. Obligaciones

La nueva iniciativa también sostiene la exigencia que ya contenía el proyecto aprobado en Diputados de mantener un buen cumplimiento de obligaciones fiscales, previsionales. Ahora, se suman las gremiales.

"Esta es un arma peligrosa, ya que cualquier diferencia de esta índole, por más controvertida que sea, podría dar lugar a la caída de los beneficios", enfatiza Guitiérrez.

"Además, una vez por año se deberá revalidar, entre otras cosas, que se mantuvo o incrementó la nómina de personal, y esto durante los 9 años que durará el régimen hasta 2029", apunta Mariana Batalle, de Marval, O'Farrell & Mairal.

6. Cupo fiscal

"Una modificación muy importante con respecto al proyecto aprobado en Diputados, se refiere a la eliminación del cupo fiscal, excepto para el bono derivado del pago de contribuciones", precisa Gutiérrez.

El especialista celebra que, gracias a esta medida, "el goce de los beneficios no estará condicionado por cuestiones de coyuntura presupuestaria del Gobierno".

7. Contribuciones patronales

Gutiérrez y Magadan coinciden en que "es un grave retroceso" que el texto del proyecto actual no permita transferir el bono de crédito fiscal del 70% de las contribuciones patronales pagadas.

"Financieramente, con una economía altamente inflacionaria, en el tiempo el beneficio podría licuarse", puntualiza Gutiérrez. Además, este bono tendrá una fecha de caducidad de 24 meses, prorrogables por otros 24 meses.

Sin embargo, quienes exporten podrán optar, en lugar de este beneficio, por reducir el importe de sus contribuciones patronales con el límite de lo facturado por exportaciones.

"Es importante destacar que, para este beneficio, sí regirá el cupo fiscal", apunta Gutiérrez.

En tanto que Magadan advierte que el proyecto de los senadores, además, privilegia que durante esos 24 meses el bono se aplique al pago de IVA u otros gravámenes, pero no al Impuesto a las Ganancias.

Becher resume que se introducen también cambios en el bono de crédito fiscal por contribuciones patronales: se vuelve intransferible y tiene una duración de 2 años y además no se puede usar contra Ganancias, cosa que lo hace más inflexible.

"Sí es bueno que, en el caso de exportadores (que no suelen pagar IVA), se admita una reducción proporcional de la base para que el ahorro en este sentido se aplique directamente, sin necesidad del bono", acota Becher.

Mercado Libre, la más perjudicada por la nueva ley del conocimiento

9. Doble imposición

En cuanto al cómputo de los créditos de impuestos análogos pagados en el exterior, la versión del Senado respeta la modificación introducida por la Cámara de Diputados.

"En efecto, el tributo equivalente al Ganancias abonado en el extranjero por las ganancias de fuente argentina ya no se podrá computar a cuenta del gravamen, sino que será deducible de la base imponible", remarca Poch.

Y añade que "desde un punto de vista práctico, si bien se brinda un beneficio no contemplado en la promoción de software original, no anula una ineficiencia fiscal que se genera en esta industria en particular".

10. Autodesarrollo

"Al igual que en la versión de la Cámara de Diputados, queda excluida del régimen establecido la actividad de autodesarrollo", expresa Poch.

De esta manera, aquellas empresas que generan software para uso propio y no para terceros no podrán computar estos desarrollos en el porcentaje de facturación.

11. Consejo Consultivo

Se elimina la creación de un consejo consultivo para asesorar en el encuadre de actividades que no cumplan con el 70% de la facturación en exportación referida al objeto de la ley.

12. Sanciones

Batalle afirma que se añadieron algunas sanciones nuevas, como inhabilitación para inscribirse en el registro de la ley, pago de los impuestos no ingresados y anulación del bono de crédito fiscal no utilizado.

13. Vigencia

Salvo para las empresas que ya estaban en el régimen de la Ley de Software, para las que la vigencia del nuevo esquema preferencial se fija desde el 1 de enero, la entrada en vigor para el resto de las firmas será desde la promulgación de la norma.

Esto es otro punto que los expertos ven como dirigido por el cristinismo a perjudicar a los grandes players, como Mercado Libre, que así habrán perdido prácticamente un año de beneficios.

Ahora, sólo resta que el Senado debata la Ley de Economía del Conocimiento para que el sector pueda generar en los próximos años 500.000 empleos, u$s20.000 millones de facturación y u$s10.000 millones de exportaciones anuales.

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