Todos los interesados en efectuar este trámite en dólares tendrán tiempo desde el 5 de diciembre de 2025 hasta el 1 de marzo de 2026
26.11.2025 • 18:00hs • Macroeconomía
Macroeconomía
ARCA oficializa régimen para permitir dolarizar saldos fiscales a exportadores e importadores
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) activó un nuevo régimen destinado a exportadores e importadores.
La medida permitirá convertir a dólares los saldos de libre disponibilidad vinculados a impuestos nacionales relacionados con operaciones de comercio exterior, así como los reintegros de exportación pendientes de cobro.
El régimen habilita a contribuyentes con solicitudes de devolución de créditos impositivos vinculados a operaciones externas, ya acumuladas o en trámite al 31 de octubre de 2025, a optar por su exposición en dólares.
Lo mismo aplica para los reintegros de exportación oficializados y con estado "Devolución generada" que aún no hayan sido pagados.
La opción es voluntaria y se apoya en la Resolución 1.834/2025 de Economía y en el artículo 20 de la Ley 23.905, que permite valuar en moneda estadounidense los tributos asociados al comercio exterior.
ARCA le da un guiño a importadores y exportadores: cómo se realiza el trámite
Para iniciar la gestión, los interesados deberán ingresar con Clave Fiscal nivel 3 o superior al servicio digital "Opción de conversión/exposición de saldos Reso. 1834/2025 - MEC", disponible en el portal de ARCA.
La adhesión estará habilitada entre el 5 de diciembre de 2025 y el 1 de marzo de 2026, ambas fechas inclusive.
La resolución detalla que la conversión podrá solicitarse por la totalidad o solo por una parte del monto aprobado, siempre que el trámite original haya sido presentado antes del 31 de diciembre de 2025, aprobado y notificado antes del 1 de marzo de 2026 y permanezca impago.
El sistema verificará automáticamente los datos declarados con las bases de comercio exterior de ARCA. Si no se detectan inconsistencias, emitirá un acuse de recibo mediante el formulario F. 2747. En caso contrario, informará los errores para su corrección.
Los créditos convertidos serán expresados en dólares con el tipo de cambio vendedor del Banco Nación correspondiente al 18 de noviembre de 2025, fecha de entrada en vigencia de la resolución ministerial que dio origen al régimen.
Los contribuyentes también podrán desistir de la opción hasta el 1 de marzo de 2026. Si lo hacen, el trámite volverá a su estado previo y podrá presentarse una nueva solicitud dentro del plazo habilitado.
Desde el día siguiente, quienes hayan adherido podrán consultar una constancia con el detalle de los importes convertidos.
Cuándo y cómo se acreditarán los créditos
A partir del 1 de enero de 2027, los montos convertidos se acreditarán como créditos en el Sistema Informático MALVINA (SIM).
Estos podrán utilizarse para compensar tributos interiores y aduaneros recaudados por la Dirección General de Aduanas o, en su defecto, solicitar la devolución.
Para estas operaciones se aplicará el tipo de cambio comprador del Banco Nación correspondiente al día hábil anterior a la compensación o reintegro.