La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó las Resoluciones Generales Nº 1159 y Nº 1160, que profundizan la modernización del mercado de capitales argentino mediante la obligatoriedad del Régimen de Oferta Pública Automática para fideicomisos financieros y fondos comunes de inversión cerrados.
La medida busca simplificar el marco regulatorio, optimizar los procesos de autorización y consolidar un esquema más eficiente, alineado con las experiencias recogidas desde la implementación de los regímenes automáticos.
Roberto Silva, presidente de la CNV, destacó que estas resoluciones forman parte de un cambio de paradigma que apunta a un mercado más ágil y menos burocrático, sin resignar estándares de supervisión ni protección al inversor.
Los nuevos cambios que introdujo la CNV en materia de regímenes automáticos
En el caso de los fideicomisos financieros, la RG Nº 1159 elimina los regímenes de Oferta Pública Automática por Bajo Impacto y por Mediano Impacto, consolidando un esquema único.
Por su parte, la RG Nº 1160 homogeneiza la terminología y establece que el régimen de autorización automática de los fondos comunes de inversión cerrados se denomine "Régimen de Oferta Pública de Cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Cerrados con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado".
En caso de reiteradas inconsistencias o errores imputables a las partes, la CNV podrá aplicar medidas disciplinarias.
La CNV avanza con otra reforma para agilizar inversiones y fortalecer el mercado argentino (Imagen creada con IA)
El organismo subrayó que la promoción de regímenes automáticos permitió:
- agilizar el acceso al mercado
- reducir tiempos de tramitación
- optimizar recursos de supervisión, sin afectar las facultades de regulación ni la protección de los inversores
Este avance se inscribe en un proceso más amplio de desregulación y modernización del mercado de capitales argentino, iniciado en 2024 con la implementación de regímenes automáticos para emisiones de deuda corporativa y ampliado en 2025 con la incorporación de instrumentos de securitización.
La CNV busca replicar experiencias internacionales, como las de Brasil y México, donde la autorización automática permitió dinamizar la emisión de fideicomisos y fondos cerrados y atraer capitales institucionales que reduzcan los costos de financiamiento.
La obligatoriedad del régimen automático apunta a consolidar un mercado más transparente y competitivo, capaz de atraer tanto inversores locales como internacionales.
La CNV impulsa un cambio en las notificaciones electrónicas
La CNV aprobó también la Resolución General Nº 1158/2026, que establece nuevas normas en materia de notificaciones electrónicas y requerimientos de información, con el objetivo de modernizar los procesos de supervisión y reforzar la prevención del lavado de dinero y la financiación del terrorismo.
La medida entrará en vigencia el próximo 10 de agosto y obliga a los sujetos regulados a constituir un domicilio electrónico especial en la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
La normativa dispone que los requerimientos de información y documentación en el marco de investigaciones o supervisiones podrán cursarse por correo electrónico a los Oficiales de Cumplimiento de los sujetos obligados del mercado de capitales y a otros inscriptos ante la CNV, a través de los domicilios electrónicos declarados en la Autopista de Información Financiera.
A su vez, se establece la obligatoriedad de constituir un domicilio especial electrónico mediante la plataforma TAD del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones oficiales.
El organismo explicó que la iniciativa se enmarca en el Plan de Modernización del Estado, aprobado por decreto en 2016, que introdujo la gestión documental electrónica como herramienta para reducir plazos, garantizar la validez jurídica y mejorar la trazabilidad de los expedientes.
La CNV destacó que la digitalización de los procesos busca simplificar la interacción con los actores del mercado, aumentar la eficiencia en el control y asegurar la confidencialidad e integridad de la información.
Los Oficiales de Cumplimiento deberán responder a los requerimientos a través del domicilio electrónico constituido, garantizando la validez de las comunicaciones. En caso de incumplimiento o reiteradas inconsistencias, la entidad podrá aplicar sanciones disciplinarias.