Por primera vez, las empresas del mercado interno podrán acceder a préstamos en dólares si presentan como respaldo a una compañía exportadora
12.06.2026 • 07:43hs • ECONOMÍA
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Préstamos en dólares para todos: el Banco Central habilitó el crédito para empresas que no exportan
Las empresas que no exportan podrán acceder por primera vez a préstamos en dólares en la Argentina. El Banco Central habilitó un nuevo esquema de financiamiento en moneda extranjera que rompe con una barrera histórica del sistema crediticio local: ya no será necesario generar divisas propias para pedir un crédito en dólares.
La clave del mecanismo es simple: la empresa que quiera tomar el préstamo deberá presentar como respaldo la garantía de una compañía exportadora. Esa firma garante asumirá el compromiso de principal pagadora, lo que implica que el banco podrá reclamarle directamente si la deudora no cumple con sus obligaciones.
La medida fue formalizada mediante la Comunicación "A" 8446 y apunta a un universo de compañías que hasta hoy quedaban excluidas del crédito en moneda extranjera. La normativa vigente exigía demostrar ingresos en divisas y una facturación acorde durante el año previo, requisitos que solo podían cumplir las empresas vinculadas al comercio exterior.
Ahora, ese requisito se flexibiliza. Según el texto oficial, "también quedarán comprendidas las financiaciones otorgadas a clientes que cuenten con garantías en moneda extranjera otorgadas por los sujetos señalados precedentemente y que se constituyan como principales pagadores con renuncia a los beneficios de excusión y división".
En términos concretos, la empresa que solicite el crédito ni siquiera tendrá que demostrar que sus vencimientos guardan relación con ingresos en dólares. Es el exportador garante quien debe contar con ese flujo de divisas, y los plazos del préstamo se alinearán con su capacidad de pago, no con la del deudor principal.
Qué rol cumple el exportador en el nuevo esquema de garantías
El rol del exportador, en este esquema, va más allá de una simple firma: debe constituirse como principal pagador y renunciar expresamente a los beneficios de excusión y división. Esto significa que no podrá exigir que el banco primero persiga los bienes de la empresa deudora antes de reclamarle a él.
Las entidades financieras, por su parte, tendrán que evaluar la solidez tanto de la empresa que toma el crédito como de la que lo garantiza. La capacidad de pago del garante será determinante para la aprobación de la operación.
El BCRA aclaró que la nueva norma no modifica las exigencias vinculadas a la clasificación de deudores ni a la prevención de riesgos. Las financiaciones a deudores en categoría "irrecuperable" que ya estén totalmente previsionadas, por ejemplo, seguirán sin poder computarse dentro de la capacidad de préstamo en moneda extranjera.
La decisión busca abrir el crédito en dólares a sectores de la economía que, si bien no generan divisas, mantienen vínculos comerciales o societarios con empresas exportadoras.
Para el mercado, se trata de una señal concreta de que el Central apuesta a profundizar la dolarización del crédito más allá del comercio exterior.