La reforma laboral argentina define a los trabajadores de plataformas de reparto y transporte como "prestadores independientes" y libera a las empresas de responsabilidades. Pero la OIT vota este viernes un Convenio que les adjudica salario mínimo, jubilación y protección social, y derecho al sindicato.

El laboralista Roberto Levin asegura que "este Convenio es mucho más moderado de lo que muchos sindicatos pretendían y bastante más flexible de lo que temían las empresas. No obliga a considerar empleados a todos los trabajadores de plataformas".

"Pero la definición de trabajador de plataformas es tan amplia, que el Convenio protege tanto a empleados dependientes, como a autónomos, monotributistas y contratistas independientes. Así muchas garantías ya no dependen exclusivamente de la existencia de una relación laboral", señala.

Además, la OIT avanza fuertemente en el control humano de los algoritmos, por parte de los trabajadores y los sindicatos;"si la Argentina ratifica el Convenio, esto es lo que exigirá mayores cambios en la legislación local", sostiene. "La ratificación del Convenio por Argentina puede impulsar nuevos litigios sobre seguridad social y salud laboral de repartidores y conductores", advierte.

Qué dice el Convenio de OIT para la economía de plataformas

El texto del "Convenio sobre el trabajo decente en la economía de plataformas", elaborado por la Comisión Normativa sobre el Trabajo Decente en la Economía de Plataformas, se vota este viernes en el plenario de la Conferencia anual de la OIT, y define lo siguiente:

1. Derechos fundamentales

Los Estados deben garantizar:

2. Seguridad y trabajo formal

También se deben asegurar:

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Qué pasa con la formalización del empleo

El Convenio legisla sobre:

Según Levin, "esto exige que los Estados aseguren una correcta clasificación de los trabajadores, pero basada en los hechos concretos de la prestación y no en etiquetas contractuales. Deliberadamente evita decir que todo trabajador de plataforma es dependiente".

"Esto es muy relevante para Argentina porque es compatible con la orientación de la Ley Bases y la Ley de Modernización Laboral; no impide esquemas autónomos o independientes genuinos, y tampoco impide recalificar judicialmente cuando exista subordinación real", precisa.

Qué manda la OIT sobre remuneración y pago

Los trabajadores con relación de trabajo deben recibir al menos el salario mínimo y compensación por gastos. Levin revela que "el Convieno obliga a garantizar salario mínimo únicamente a quienes tengan relación de trabajo reconocida. Respecto de los autónomos, simplemente invita a los Estados a considerar medidas similares".

"Esto es una señal importante, ya que la OIT rechazó la postura más dura que pretendía imponer salario mínimo universal a todos los trabajadores de plataformas", subraya.

El laboralista Germán Mozzi añade que "la OIT encara este fenómeno desde una lógica de protección mínima universal, procurando asegurar que la transformación digital del trabajo no implique una pérdida de derechos fundamentales".

Qué dice sobre seguridad social e igualdad de trato

El Convenio exige acceso a protección social en condiciones no menos favorables que otros trabajadores con la misma clasificación.

"Esto encaja bastante bien con el esquema argentino actual, en que los dependientes tienen aportes a la ANSES, obra social y ART, mientras que los autónomos monotributistas cuentan con el régimen previsional y cobertura correspondiente a este régimen simplificado", explica Levin.

Y añade: "La gran discusión futura será quién soporta el costo de ART, seguros y medidas preventivas cuando el trabajador es formalmente autónomo".

Las plataformas deben informar a los trabajadores sobre el uso de algoritmos para seguimiento, evaluación o toma de decisiones antes de ser contratados.

Los repartidores tienen derecho a una explicación escrita de decisiones negativas significativas y a la revisión humana de decisiones como la desactivación de cuentas o el impago. Las empresas tienen obligación de informar el algoritmo al sindicato del convenio colectivo.

Término de la relación y sanciones

Se establece la prohibición de suspender, desactivar cuentas o terminar contratos por motivos discriminatorios o ilegales. Levin amplía que "la novedad jurídica más trascendente probablemente sea el capítulo sobre sistemas automatizados, ya que las plataformas deberán informar:

Además, puntualiza Levin, que "el trabajador tendrá derecho a obtener explicaciones, revisar decisiones automatizadas, y cuestionar bloqueos o desactivaciones de cuentas. Si Argentina ratificara el Convenio, este sería probablemente el punto que requeriría mayores adecuaciones normativas".

"La principal importancia de este nuevo instrumento de la OIT es que reconoce que los desafíos laborales del siglo XXI ya no pasan únicamente por determinar si una persona es empleada o autónoma. El foco comienza a desplazarse hacia fenómenos nuevos, como la gestión algorítmica del trabajo, la protección de datos personales y el derecho de los trabajadores a comprender y cuestionar decisiones adoptadas por algoritmos", afirma Mozzi.

¿Es compatible la norma internacional con la argentina?

"La Ley de Modernización Laboral y sus decretos reglamentarios avanzaron en la reducción de multas, flexibilización de registración, creación del FAL, reconocimiento de figuras autónomas y regularización laboral", recuerda Levin, y añade que "nada de eso parece incompatible con el Convenio".

De hecho, afirma, "el artículo 24 permite aplicar las normas mediante legislación, convenios colectivos, decisiones judicales o combinaciones de ellas. Por lo tanto, Argentina podría ratificar el Convenio sin necesidad de desarmar la reforma laboral".

Levin remarca que "la OIT terminó aprobando un Convenio mucho más compatible con la Ley Bases y la Ley de Modernización Laboral de lo que se esperaba al inicio de las negociaciones".

"¿Entonces hoy tiene algún valor en Argentina? Sí, pero indirecto. Aunque no esté ratificado, los jueces suelen utilizar los convenios OIT y otros instrumentos internacionales como criterio interpretativo y pauta para resolver lagunas normativas", alerta.

Mozzi anticipa que "pueden aparecer algunas tensiones con el enfoque adoptado por la reciente reforma laboral argentina y su reglamentación, ya que favorecer la flexibilidad, la innovación tecnológica, la reducción de costos de transacción y la formalización de nuevas modalidades de trabajo. En cambio, la OIT se concentra en los riesgos que esas mismas transformaciones pueden generar para los trabajadores".

"En definitiva, creo que la gran discusión laboral del futuro ya no será solamente quién es empleador y quién es trabajador, sino cómo se regulan los algoritmos, los datos y las nuevas formas de organización digital del trabajo en una economía cada vez más globalizada y tecnológica", concluye Mozzi.

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