En los últimos días, entró en vigencia la nueva disposición de Provincia de Buenos Aires. Sin embargo, hay usuarios que no se verán afectados por la medida
08.10.2025 • 08:53hs • FINANZAS PERSONALES
FINANZAS PERSONALES
Es oficial: estas billeteras y operaciones se salvan de retenciones por Ingresos Brutos en octubre
Desde octubre, billeteras virtuales como Mercado Pago, Ualá o Lemon comienzan a retener, por decisión de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Sin embargo, esta medida, establecida a través de la Resolución 25/2025, no afecta a todos: hay personas que lograrán 'escapar' y no verán reducidos sus saldos de forma sorpresiva.
Esto se debe a que la normativa contempla un conjunto de operaciones excluidas y exentas de alícuotas o descuentos automáticos, lo que permite que ciertos movimientos no sufran retenciones por IIBB.
Para muchos usuarios, esto representa un alivio a partir del rol que hoy cumplen las billeteras virtuales, siendo una de las herramientas más usadas por los argentinos no solo para administrar sus ingresos, sino también para invertir, ahorrar y realizar pagos.
Quiénes se salvan de retenciones por Ingresos Brutos en octubre
Hay un punto clave a tener en cuenta: no todos los ingresos están alcanzados por el nuevo régimen que oficializó el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
En detalle, el listado de operaciones excluidas de retenciones por Ingresos Brutos, y que, por ende, no son pasibles de descuentos automáticos, son:
- Sueldos, jubilaciones, pensiones y préstamos otorgados por la misma entidad recaudadora o por entidades financieras de segundo grado.
- Contraasientos por error.
- Intereses sobre el saldo de la propia cuenta.
- Operaciones de exportación de mercaderías, anticipos, prefinanciaciones y devoluciones de IVA.
- Acreditaciones por vencimiento de plazos fijos constituidos con fondos propios del titular.
- Ajustes hechos por billeteras digitales para cerrar cuentas con saldo deudor en mora.
- Rescates de fondos comunes de inversión conformados con fondos propios del titular.
- Reintegros de IVA por operaciones con tarjetas.
- Operaciones con títulos, bonos, letras y obligaciones emitidas por la Nación, provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipios.
- Devoluciones por promociones de la propia billetera.
- Transferencias a cuentas donde el mismo titular figure como titular o cotitular.
- Transferencias por venta de inmuebles, bajo declaración jurada de que el vendedor no es habitualista.
- Transferencias por venta de otros bienes registrables, cuando el vendedor no es habitualista y es persona humana.
- Transferencias provenientes del exterior.
- Aportes de capital y suscripción de obligaciones negociables.
- Transferencias a fideicomisos estatales.
- Reintegros de obras sociales y empresas de medicina prepaga.
- Pagos de siniestros ordenados por aseguradoras.
- Indemnizaciones por expropiaciones u operaciones no alcanzadas.
- Transferencias dispuestas por juzgados en concepto de alimentos, jubilaciones, pensiones o indemnizaciones laborales.
- Restitución de fondos previamente embargados.
- Acreditaciones por Asignación Universal por Hijo.
- Subsidios, becas, planes sociales, tarjetas alimentarias, ingresos de emergencia y préstamos de la ANSES.
- Devoluciones de tributos dispuestas por agencias tributarias.
- Restituciones derivadas del "botón de arrepentimiento" en compras de bienes y servicios.
- Recaudaciones y liquidaciones de sistemas de pago con tarjeta alcanzadas por el régimen SIRTAC.
Así, las billeteras virtuales de las personas que entren en este vasto grupo no sufrirán retenciones por Ingresos Brutos cuando reciban una transferencia de dinero; en resumen: en estos casos, las apps no serán agentes recaudadores.
Esta disposición de ARBA, de adherirse al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), sigue generando inquietud entre monotributistas y pequeños comerciantes, que dependen de las billeteras virtuales para cobrar su trabajo.
Pero, al mismo tiempo, las exclusiones buscan proteger ingresos sensibles y evitar que se vean afectados trabajadores, jubilados y beneficiarios de programas sociales.
Dónde consultar si una persona sufrirá retenciones en octubre
Es posible consultar si una persona está incluida en el padrón del SIRCUPA y, por lo tanto, si tendrá retenciones por Ingresos Brutos en octubre, a través de un sitio web.
Se trata de la página del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago, donde los contribuyentes pueden acceder a la información de forma rápida y gratuita.
Con solo ingresar el número de CUIT y el período correspondiente (año y mes), el sistema muestra si el usuario figura dentro del listado de ARBA.
Cabe remarcar que este control debe realizarse todos los meses, ya que la inclusión en el padrón puede modificarse.
Además, conviene revisar si la cuenta es de titularidad compartida: si uno de los titulares aparece registrado en el SIRCUPA, los montos acreditados en esa cuenta quedarán sujetos a retenciones.