Bancos y billeteras virtuales deben reportar operaciones de los usuarios cuando estas exceden ciertos topes. Los límites que disparan las alertas
27.08.2025 • 09:22hs • FINANZAS PERSONALES
FINANZAS PERSONALES
ARCA va a controlar todas las transferencias y compras en septiembre: desde qué montos
Llega el mes de septiembre y uno de los puntos clave a tener en cuenta, en estos tiempos de transferencias y pagos digitales con bancos y billeteras virtuales, son los límites fijados por la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Cabe recordar que tanto las entidades tradicionales como las fintechs y plataformas (Mercado Pago, Ualá o Naranja X, por mencionar) están obligadas a reportar operaciones de los usuarios cuando se superan ciertos montos y topes.
La clave, en este sentido, pasa por el origen del dinero. Si se puede demostrar que la plata proviene de una operación legítima (como puede ser la venta de un auto, un inmueble o el cobro de un trabajo facturado, por ejemplo), el proceso suele resolverse sin mayores complicaciones.
Sin embargo, y según subraya iProfesional, está dentro de las posibilidades que se retenga, de manera preventiva, dichos fondos hasta que se presenten los comprobantes correspondientes.
En cambio, cuando se trata de una suma millonaria sin respaldo documental, las complicaciones con ARCA están 'a la vuelta de la esquina': desde bloqueos de cuentas hasta la posibilidad de que intervenga la Unidad de Información Financiera (UIF) en casos de sospecha de lavado.
Billeteras y bancos miran transferencias, compras y pagos
Desde el 1 de junio, rige una actualización automática que se realiza cada seis meses, en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC.
Los valores actualizados, que aplican tanto a personas físicas como jurídicas y que están en vigencia, son:
- Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas). Antes: $2.000.000 para físicas.
- Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos casos. Antes se informaba cualquier monto.
- Saldos bancarios al cierre de mes: $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas). Antes: $1.000.000.
- Plazos fijos: $100.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas). Antes: $1.000.000.
- Transferencias en billeteras virtuales: $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
- Tenencias en sociedades de bolsa: $100.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
- Compras como consumidor final: $10.000.000. Antes se requería información desde $250.000 en efectivo y $400.000 con otros medios.
- Pagos generales: $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
Qué "papeles" pide ARCA al comprar o hacer transferencias
En el caso de que una persona supere los umbrales en una operación legítima, bastará con presentar algunos documentos.
En este sentido, la entidad suele exigir:
- Contratos de compraventa o recibos de pago.
- Facturas emitidas (monotributo o régimen general).
- Recibos de sueldo o jubilación.
- Constancia de inscripción en AFIP.
- Certificados de origen de fondos firmados por contador público.
Con esa documentación, en la mayoría de los casos, el dinero retenido se libera sin mayores demoras.
Por eso, tener estos papeles a mano es clave para agilizar procesos y evitar bloqueos de cuentas en bancos y billeteras.
Cómo actuar si tu banco o billetera bloquea la operación
En el caso de que una transferencia quede en 'observación', los pasos recomendados son:
- Presentar de inmediato los comprobantes requeridos.
- Anticipar al banco la llegada de fondos importantes, indicando monto y procedencia.
- Evitar maniobras sospechosas, como dividir un monto grande en varias operaciones, ya que eso suele encender más alarmas.
Cuando no se logra justificar el origen, ARCA puede aplicar sanciones, congelar cuentas e incluso derivar el caso a la UIF.
Por eso, en un contexto de límites mucho más altos, pero con controles más estrictos, lo central es respaldar cada movimiento con documentación en regla.