En el inicio del mes de agosto, la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó los nuevos topes de monitoreo de operaciones en bancos y billeteras virtuales.

Cabe recordar, en este sentido, que las entidades tradicionales, así como las fintechs y plataformas como Mercado Pago, Ualá o Naranja X, están obligadas a reportar movimientos y consumos que superen los montos establecidos.

Esta actualización responde a un ajuste automático que se realiza cada seis meses, en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC, según lo establecido en la Resolución General 5512/2024.

Transferencias, compras y saldos: los nuevos topes de la ex AFIP

Los valores actualizados, que aplican tanto a personas físicas como jurídicas y que ya están en vigencia, son:

¿Qué documentos pide ARCA al comprar o hacer transferencias?

En el caso de que una persona supere los umbrales en una operación legítima, bastará con presentar algunos documentos: estos incluyen contratos de compraventa, facturas, recibos de sueldo o constancias fiscales.

Aunque, según la circunstancia particular, también pueden requerirse certificados emitidos por contadores públicos o documentación impositiva.

Tener estos papeles a mano es clave para agilizar procesos y evitar bloqueos de cuentas en bancos y billeteras. 

Además, estar correctamente inscripto ante ARCA como monotributista o responsable inscripto es esencial si se emiten facturas regularmente.

¿Cómo hay que actuar si tu banco retiene una operación?

Ante una transferencia observada, los pasos recomendados son:

Si la procedencia de los fondos no puede ser justificada, ARCA podría aplicar multas, suspender la cuenta desde la que se realizó la operación o escalar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF), que investiga potenciales delitos como el lavado de dinero.

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