Este grupo de personas no podrá operar con tarjetas ni hacer transferencias a partir de julio por decisión de la ex AFIP. ¿Cómo saber si estás en la lista?
30.06.2025 • 08:37hs • ATENCIÓN
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Transferencias y tarjetas prohibidas: la nueva lista de personas inhabilitadas por ARCA en julio
En la antesala del inicio de julio, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que prohibirá el uso de tarjetas de crédito y débito, así como las transferencias, a contribuyentes que formen parte de su "lista negra".
Es que el organismo anunció que, durante el séptimo mes del año, seguirá vigente la disposición del Banco Central de la República Argentina que instruye a bancos y fintechs a bloquear las cuentas de aquellos usuarios que estén en su "Base de Contribuyentes no Confiables".
De esta forma, todas las personas y empresas cuyos CUITs estén presentes en este listado, por haberse detectado irregularidades en el último tiempo, no podrán realizar operaciones como:
- Pagos con transferencia (PCT): transferencias de dinero entre cuentas bancarias o fintech, como el QR.
- Adquisición de bienes y servicios con tarjetas: uso de credenciales de crédito, débito o prepagas.
Según especificó el BCRA, las entidades financieras están obligadas a consultar de forma periódica la lista en la que se encuentran las personas con "mala nota" por tener incumplimientos y bloquear tanto los pagos como los cobros a quienes estén en ella.
Por eso, la continuidad de esta disposición no es una noticia bien recibida por muchos, ya que dificulta el desarrollo normal de las actividades comerciales de este grupo de personas. Además, hay casos en los que estas presunciones de incumplimiento son erróneas, lo que genera un perjuicio innecesario.
Qué hacer para salir de la "lista negra" de ARCA, ex AFIP
Los incumplimientos que pueden llevar a que una persona o empresa sea incluida en la "lista negra" de la ex AFIP incluyen la falta de registro del domicilio fiscal electrónico (obligatorio y sujeto a verificación).
También puede provocar esto la no presentación de declaraciones juradas de impuestos vencidos, entre otros.
En concreto, las faltas que pueden afectar la calificación y deben evitarse están enumeradas en la Resolución General Nº 3832/2016, en una lista que incluye:
- Constituir el domicilio fiscal electrónico.
- Registrar y aceptar los datos biométricos.
- Actualizar en el Sistema Registral el código de actividad.
- Declarar y actualizar, cuando corresponda, el domicilio fiscal, así como los domicilios de los locales y establecimientos.
- Dar de alta los impuestos según la forma jurídica adoptada por el responsable.
- Contar con una cantidad mínima de integrantes según el tipo societario declarado.
- Presentar las declaraciones juradas determinativas vencidas en los últimos 36 meses.
- Presentar las declaraciones juradas informativas vencidas en los últimos 12 meses.
La solución para estos inconvenientes dependerá de que los contribuyentes regularicen las irregularidades detectadas por ARCA, con el objetivo de restablecer el estado activo de su CUIT y habilitar el acceso a todos los servicios asociados.
Para ello, se debe enviar una Presentación Digital con el trámite "Estado administrativo de la CUIT. Reactivación presencial", que será evaluado y cuya decisión será posteriormente comunicada por la ex AFIP a través del Domicilio Fiscal Electrónico de la persona responsable de la Clave Única.