La nueva regulación de las criptomonedas elaborada por la Comisión Nacional de Valores (CNV) tiene un artículo dedicado a los memecoins como el del escándalo $LIBRA que salpica al presidente Javier Milei. Se trata de una cláusula que restringe los criptoactivos con menos de 90 días de antigüedad.

Qué dice la regulación sobre los memecoins

"El artículo 37 de la Resolución General 1058 de la CNV establece limitaciones y obligaciones para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) en Argentina respecto a la oferta de activos digitales. En particular, impone tres reglas clave", indica a iProUP Gilberto Santamaría, del Estudio Santamaría & Asoc.

1.- Requisito de información

Solo se pueden ofrecer activos virtuales que cuenten con un "Libro Blanco" (white paper) y/o información relevante sobre el emisor y el proyecto.

2.- Prohibición de intermediación de valores negociables no autorizados

Se prohíbe a los Exchange (PSAV) ofrecer o intermediar activos virtuales que sean valores negociables, salvo que tengan autorización de oferta pública por parte de la CNV.

3.- Restricción temporal para activos nuevos

Solo podrán ofrecerse activos virtuales con más  de 90 días de antigüedad en una sección especial de la plataforma, con advertencias sobre su volatilidad y alto riesgo.

Elaboración propia
Elaboración propia

Cuál es la relación con el escándalo $LIBRA

"Estas disposiciones implican una mayor regulación y control del mercado tras el escándalo de $LIBRA, la memecoin argentina que generó especulación y fuertes fluctuaciones de precio. "La norma no prohíbe la comercialización de estos activos, pero impone restricciones a la oferta y exige información clara sobre los proyectos", señala Santamaría.

"La reacción inicial contra $LIBRA llevó a un endurecimiento de los marcos regulatorios, con énfasis en el control y la transparencia, pero sin un criterio uniforme que permita distinguir entre distintos tipos de activos digitales", advierte.

"La falta de diferenciación entre security tokens, utility tokens y memecoins en las normativas recientes indica que la Argentina aún no ha encontrado un modelo claro de regulación para el ecosistema cripto", remarca.

Cuál es el impacto en el ecosistema cripto

"El artículo 37 genera efectos mixtos en el sector", advierte Santamaría, y precisa:

Para los exchanges y billeteras (PSAV)

Se enfrentan a mayores requisitos de compliance para listar nuevos activos, algo que aumenta costos y tiempos de implementación. Podría haber una reducción en la oferta de activos, ya que muchos PSAV preferirán no listar tokens emergentes para evitar problemas con la CNV.

Para los inversores:

Se protege a los menos experimentados ante potenciales fraudes y estafas con proyectos poco confiables. Sin embargo, los más sofisticados podrían verse limitados en su acceso a nuevas oportunidades de inversión.

Se fomenta el uso de plataformas descentralizadas no reguladas para evitar restricciones, algo que podría generar un efecto inverso al buscado.

Para los proyectos cripto

Es posible que startups locales opten por registrar sus tokens en el exterior para evitar los requisitos de la CNV. Esto podría afectar el desarrollo de nuevos emprendimientos web3 en la Argentina, y generaría que el país pierda competitividad en la industria blockchain.

Por qué se critica la falta de discriminación entre criptos

Santamaría también critica el artículo 36 de la Resolución de la CNV, porque "falta una clasificación adecuada, ya que existen diferentes clases de activos virtuales, cada una con características y funciones específicas. Pero se piden resguardos generalizados". El experto puntualiza:

"El Artículo 36 no distingue entre estos criptoactivos y, al generalizar advertencias sin matices, introduce una confusión innecesaria en los inversores. No es lo mismo comprar un security o asset token respaldado por activos reales que una memecoin puramente especulativa, pero el tratamiento regulatorio es idéntico", cuestiona Santamaría.

Cómo afectan a la reglamentación las normas de la SEC

"El artículo 37 de la CNV parece influenciado por el enfoque que la Securities and Exchange Commission (SEC) de EE.UU. ha adoptado respecto de los activos digitales", sostiene Santamaría.

"En su reporte sobre memecoins, la SEC ha afirmado que estos activos suelen ser altamente especulativos, con una función meramente recreativa y sin utilidad real, lo que los excluye de la categoría de valores negociables", subraya.

"Respecto a los memecoins, la Division de Finanzas Corporativas de la SEC señala que no son valores negociables y, por ende, no están bajo su jurisdicción", recuerda.

"Dada la naturaleza especulativa de las memecoins, experimentan volatilidad de precios, a menudo acompañada de declaraciones sobre sus riesgos y falta de utilidad, más allá del entretenimiento u otros propósitos no funcionales", manifiesta el informe de la SEC, y propone las siguientes notas sobre aspectos típicos de estos activos:

Los compradores no deberían esperar la obtención de ganancias o generar un retorno a través de la posesión o adquisición de las monedas.

"Argentina parece adoptar una postura intermedia; no prohíbe la comercialización de estos activos, pero impone restricciones a la oferta y exige información clara sobre los proyectos", analiza Santamaría.

Cómo influye en la norma de CNV la de EE.UU. y Europa

"Mientras la SEC de EE.UU. ha adoptado un enfoque restrictivo, rechazando la supervisión de activos puramente especulativos, la Unión Europea, a través del Reglamento MiCA (Markets in Crypto-Assets), desarrolló un esquema más diferenciado", describe Santamaría, y describe que en la Unión Europea:

"Argentina debería mirar más hacia MiCA y alejarse del modelo prohibicionista estadounidense", completa Santamaría.

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