El directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) acaba de disponer que las entidades financieras deberán constituir un encaje de un 100 por ciento de los fondos depositados por los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPQCP).

Conocidas como billeteras virtuales para preservarlos de contingencias y garantizar que siempre esten a disposición de los ahorristas.

Estas cuentas son de carácter transaccional y la medida -dispuesta a fortalecer ese rol- favorece la expansión de los medios de pago digitales, al otorgar mayor transparencia y seguridad.

La medida no alcanza a las cuentas de inversión que habilitan las billeteras y que permiten a los ahorristas obtener una rentabilidad para los fondos depositados.

Estas cuentas de inversión se mantienen en las mismas condiciones.

Los fondos de las cuentas transaccionales administrados por las PSPOCP se encuentran, por disposición del BCRA, depositados en todo momento en cuentas a la vista en pesos en entidades financieras del país.

Billeteras digitales
 
Con esta nueva norma, a partir del primero de enero de 2022 estos fondos deberán permanecer, además, inmovilizados en el BCRA. a disposición de sus titulares.
 
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