Una buena noticia para quienes apuestan por la moneda local y diversifican sus inversiones: el Gobierno publicó en el Boletín Oficial la formalización de los cambios en los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, mediante los cuales diferentes alternativas en pesos quedarán exentas de estos tributos.

En concreto, los intereses de los plazos fijos de la modalidad UVA, las obligaciones negociables (ON), los fondos comunes de inversión (FCI), los fideicomisos financieros y otros instrumentos financieros en pesos destinados a fomentar la inversión productiva quedaron alcanzados por las modificaciones de la Ley 27.638 aprobada en el Congreso y reglamentada por el Ejecutivo.

Durante su paso por Diputados y con el propósito incentivar mediante la política fiscal las inversiones en moneda nacional, se eliminó uno de los puntos polémicos, el artículo tercero, que permitía gravar con Bienes Personales los plazos fijos que no se depositen por un plazo menor a 275 días.

 

De esta manera, la nueva legislación dispuso, en el caso de Ganancias, la exención a los intereses o la denominación que tuviere el rendimiento producto de la colocación de capital en los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo nacional.

Quedan incluidos los intereses de plazos fijos UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) que se ajustan por inflación -y cuyo capital ya estaba exento-, y otros depósitos con cláusulas de ajuste.

Bienes Personales

En cuanto a la normativa de Bienes Personales, exime a las obligaciones negociables emitidas en moneda nacional, que son básicamente colocaciones de deuda de las empresas privadas; los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva; las cuotapartes de fondos comunes de inversión y los certificados de participación y valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros, que hubiesen sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV).

También quedan contemplados los fondos comunes de inversión y los fideicomisos financieros que inviertan mayormente en títulos, bonos y demás valores emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la ciudad de Buenos Aires; como también depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en el país, y a plazo fijo o en caja de ahorro.

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