El Gobierno fijó por decreto el nuevo Salario Mínimo tras el fracaso de la paritaria: las escalas fijadas hasta abril de 2027

Tras frustrarse la reunión del Consejo del Salario, el Gobierno oficializó el nuevo piso de ingresos. Las escalas fijadas hasta abril de 2027
Por iProUP
Empleo 4.0
02.09.2026 • 13:49hs • Empleo 4.0

El Gobierno nacional oficializó una nueva actualización escalonada del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que comenzó a regir este 1 de septiembre de 2026 y extenderá sus tramos de incremento hasta abril de 2027.

La medida fue adoptada mediante la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada en el Boletín Oficial, luego de que las negociaciones paritarias entre las centrales sindicales y las cámaras empresarias finalizaran sin consenso.

La disposición, firmada por la presidenta alterna del organismo, Claudia Silvana Testa, alcanza a los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y los entes estatales que actúan como empleadores.

El nuevo piso de ingresos para los trabajadores mensualizados con jornada legal completa parte de $383.800 en septiembre y alcanzará un techo de $437.000 en abril de 2027.

La decisión gubernamental replica el mecanismo de laudo que el Poder Ejecutivo viene aplicando ante la falta de entendimiento en el Consejo del Salario, redefiniendo de forma proporcional los ingresos de los empleados bajo contratos a tiempo parcial o jornadas reducidas.

La actualización excluye del cálculo a las asignaciones familiares.

Cómo es la escala mensual del Salario Mínimo y cuánto se cobra por hora

La resolución oficial fijó aumentos mensuales sucesivos tanto para la modalidad mensualizada como para el valor de la hora de los trabajadores jornalizados:

Cómo se calcula la prestación por desempleo con los nuevos valores

El artículo 2 de la normativa determinó un nuevo criterio para liquidar la prestación por desempleo regulada por la Ley 24.013. El beneficio mensual será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración normal y habitual percibida por el trabajador durante los seis meses previos a la desvinculación laboral.

Para evitar desfasajes en los ingresos de contención social, el texto estableció límites vinculados al piso salarial vigente: la prestación mensual nunca podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo ($191.900 en septiembre) ni superar el 100% de ese valor ($383.800), ajustándose automáticamente con cada escalón fijado en el cronograma.

Por qué fracasó la negociación entre la CGT y las cámaras empresarias

La falta de acuerdo se originó en la amplia brecha entre los reclamos gremiales y las propuestas del sector empleador durante la última reunión plenaria virtual:

Ante el distanciamiento irreconciliable de las partes y la salida sindical del plenario, el Ministerio de Capital Humano intervino de oficio para establecer por resolución administrativa las remuneraciones mínimas del mercado formal.

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