El Gobierno terminó de definir la reforma laboral que enviará al Congreso en los próximos días donde se incorporó los temas de estuvieron en la discusión pública: cantidad de horas de trabajo, vacaciones y salarios.
También sumó cambios importantes, como un Régimen de Incentivo a la Formalización, beneficios para el empleo registrado y límites más claros al accionar sindical.
Desde la Casa Rosada indicaron que el objetivo es modernizar el régimen de empleo con reglas más simples y previsibles, que eviten conflictos judiciales y acompañen las nuevas dinámicas productivas. Además, la reforma apunta a:
- bajar los costos laborales
- fomentar la creación y formalización de puestos de trabajo
- atraer inversiones
- reducir la carga administrativa para las empresas
La reforma redefinió qué conceptos son remunerativos para evitar conflictos sobre qué integra las indemnizaciones. Los beneficios sociales quedarán fuera del salario y se limitarán a servicios como comedor o planes médicos.
También aclaró que las propinas no son remuneración y habilitará que la negociación colectiva incorpore pagos variables según mérito o desempeño. El sueldo podrá pagarse en pesos o en moneda extranjera.
En cuanto a licencias y vacaciones, se permitirá fraccionar las vacaciones en períodos no menores a 7 días, crear de forma voluntaria un banco de horas y se exigirá un sistema más estricto para justificar enfermedades, con certificados detallados y una junta médica si hay diferencias.
Indemnizaciones
Si un trabajador es despedido sin causa después del período de prueba, la indemnización equivale a un mes de sueldo por cada año trabajado, o por fracciones mayores a tres meses.
El cálculo se hace sobre el mejor sueldo mensual, normal y habitual del último año.
El texto indica que "a los fines de dar certidumbre a las relaciones laborales", se define:
- Remuneración: es lo que el trabajador cobra cada mes. No se incluyen pagos que no sean mensuales, como el aguinaldo, vacaciones o premios ocasionales.
- Habitual: son los conceptos que el trabajador cobró al menos 6 meses durante el último año.
- Normal: para pagos variables, como premios mensuales, horas extra o comisiones, se toma el promedio de los últimos 6 meses, o del último año si es más conveniente para el trabajador.
Fondos de Asistencia Laboral
La reforma laboral crea los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), un instrumento para que las empresas privadas puedan afrontar más fácil el pago de indemnizaciones.
Estos fondos serán patrimonios separados, de uso exclusivo y no embargables, administrados por entidades autorizadas por la CNV según la elección del empleador.
Se financiarán con un aporte mensual obligatorio de 3% del salario que sirve de base para las contribuciones al SIPA.
Empleo doméstico y repartidores
En el caso de las trabajadoras y trabajadores de Casas Particulares, el período de prueba se extiende de 30 días a 6 meses, los recibos pasarán a ser electrónicos y la constancia bancaria servirá como prueba válida de pago.
Además, se crea un nuevo régimen para repartidores y mensajeros que operan a través de aplicaciones. Para trabajar bajo este sistema deberán:
- estar inscriptos en ARCA
- tener aportes al día
- contar con cobertura de seguridad social similar a la del monotributo social
- informar un CBU o CVU para cobrar.
El régimen también reconoce una serie de derechos:
- rechazar pedidos sin justificación
- recibir explicaciones en caso de bloqueos o suspensiones y poder responderlos
- acceder a los datos que recopila las aplicaciones
- recibir capacitaciones gratuitas
- contar con un seguro de accidentes
- cobrar el total del pago y el 100% de las propinas
- conectarse o desconectarse cuando deseen
- registrarse sin obligación de actividad
- elegir libremente rutas y herramientas de navegación
Convenios colectivos
La reforma termina con la "ultraactividad" total de los convenios colectivos. Esto quiere decir que, cuando un convenio vence, solo se mantienen de manera temporal las reglas sobre condiciones de trabajo hasta que se firme uno nuevo o se acuerde extenderlo.
Además, la autoridad laboral podrá suspender esas cláusulas vigentes por ultraactividad si se demuestra que su aplicación provoca distorsiones económicas graves que afectan al interés general o interfieren con otras normas de protección.
Asociaciones sindicales
El proyecto también introduce nuevas reglas para la actividad sindical. Para hacer una asamblea, el sindicato deberá pedir permiso previo al empleador, indicando horario y duración. Si la reunión es dentro de la empresa, también se deberá pedir autorización por el lugar.
Durante la asamblea, los trabajadores no cobrarán salario por ese tiempo. Además, se consideran infracciones muy graves los bloqueos y las tomas de establecimientos, en línea con lo que ya plantea el DNU 70/23.
Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral
Para impulsar la creación de empleo registrado, la reforma propone crear por un año el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), dirigido a empleadores del sector privado.
El régimen establece contribuciones patronales reducidas durante los primeros 48 meses de cada nuevo empleo:
- 2% al SIPA, FNE y RNAF
- 3% al INSSJP
- 3% al Fondo de Asistencia Laboral
Para que una empresa pueda usar estos beneficios, el trabajador incorporado debe cumplir al menos una de estas condiciones:
- no haber tenido empleo registrado al 10 de diciembre de 2025
- estar desocupado los últimos 6 meses
- haber sido monotributista
- haber trabajado por última vez en el sector público
Beneficios al empleo ya registrado
Desde el mes siguiente a la promulgación de la ley, las contribuciones patronales comenzarán a bajar: el aporte del empleador a las obras sociales se reduce de 6% a 5%, y también disminuyen las cargas destinadas a la seguridad social.
En servicios y comercio, cuando la empresa supera el límite para ser considerada mediana tramo 2, la alícuota bajará del 20,40% al 17,40%. Para el resto del sector privado caerá del 18% al 15%. A esto se suma un aporte de 3% sobre las remuneraciones que sirven para calcular las contribuciones al SIPA.
Además, para fomentar la formalización, el proyecto contempla:
- a) la posibilidad de regularizar empleo no registrado o mal registrado, eliminando sanciones, deudas y causas penales
- b) reducciones parciales de capital e intereses adeudados
- c) y el reconocimiento previsional de hasta 60 meses para los trabajadores que sean formalizados, junto con reglas para facilitar los planes de pago