El Gobierno terminó de definir la reforma laboral que enviará al Congreso en los próximos días donde se incorporó los temas de estuvieron en la discusión pública: cantidad de horas de trabajo, vacaciones y salarios.

También sumó cambios importantes, como un Régimen de Incentivo a la Formalización, beneficios para el empleo registrado y límites más claros al accionar sindical.

Desde la Casa Rosada indicaron que el objetivo es modernizar el régimen de empleo con reglas más simples y previsibles, que eviten conflictos judiciales y acompañen las nuevas dinámicas productivas. Además, la reforma apunta a:

La reforma redefinió qué conceptos son remunerativos para evitar conflictos sobre qué integra las indemnizaciones. Los beneficios sociales quedarán fuera del salario y se limitarán a servicios como comedor o planes médicos. 

También aclaró que las propinas no son remuneración y habilitará que la negociación colectiva incorpore pagos variables según mérito o desempeño. El sueldo podrá pagarse en pesos o en moneda extranjera.

En cuanto a licencias y vacaciones, se permitirá fraccionar las vacaciones en períodos no menores a 7 días, crear de forma voluntaria un banco de horas y se exigirá un sistema más estricto para justificar enfermedades, con certificados detallados y una junta médica si hay diferencias.

Indemnizaciones

Si un trabajador es despedido sin causa después del período de prueba, la indemnización equivale a un mes de sueldo por cada año trabajado, o por fracciones mayores a tres meses.

El cálculo se hace sobre el mejor sueldo mensual, normal y habitual del último año. 

El texto indica que "a los fines de dar certidumbre a las relaciones laborales", se define:

Fondos de Asistencia Laboral

La reforma laboral crea los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), un instrumento para que las empresas privadas puedan afrontar más fácil el pago de indemnizaciones.

Estos fondos serán patrimonios separados, de uso exclusivo y no embargables, administrados por entidades autorizadas por la CNV según la elección del empleador. 

Se financiarán con un aporte mensual obligatorio de 3% del salario que sirve de base para las contribuciones al SIPA. 

Empleo doméstico y repartidores

En el caso de las trabajadoras y trabajadores de Casas Particulares, el período de prueba se extiende de 30 días a 6 meses, los recibos pasarán a ser electrónicos y la constancia bancaria servirá como prueba válida de pago.

Además, se crea un nuevo régimen para repartidores y mensajeros que operan a través de aplicaciones. Para trabajar bajo este sistema deberán:

El régimen también reconoce una serie de derechos:

Convenios colectivos

La reforma termina con la "ultraactividad" total de los convenios colectivos. Esto quiere decir que, cuando un convenio vence, solo se mantienen de manera temporal las reglas sobre condiciones de trabajo hasta que se firme uno nuevo o se acuerde extenderlo.

Además, la autoridad laboral podrá suspender esas cláusulas vigentes por ultraactividad si se demuestra que su aplicación provoca distorsiones económicas graves que afectan al interés general o interfieren con otras normas de protección.

Asociaciones sindicales

El proyecto también introduce nuevas reglas para la actividad sindical. Para hacer una asamblea, el sindicato deberá pedir permiso previo al empleador, indicando horario y duración. Si la reunión es dentro de la empresa, también se deberá pedir autorización por el lugar.

Durante la asamblea, los trabajadores no cobrarán salario por ese tiempo. Además, se consideran infracciones muy graves los bloqueos y las tomas de establecimientos, en línea con lo que ya plantea el DNU 70/23.

Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral

Para impulsar la creación de empleo registrado, la reforma propone crear por un año el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), dirigido a empleadores del sector privado.

El régimen establece contribuciones patronales reducidas durante los primeros 48 meses de cada nuevo empleo:

Para que una empresa pueda usar estos beneficios, el trabajador incorporado debe cumplir al menos una de estas condiciones:

Beneficios al empleo ya registrado

Desde el mes siguiente a la promulgación de la ley, las contribuciones patronales comenzarán a bajar: el aporte del empleador a las obras sociales se reduce de 6% a 5%, y también disminuyen las cargas destinadas a la seguridad social.

En servicios y comercio, cuando la empresa supera el límite para ser considerada mediana tramo 2, la alícuota bajará del 20,40% al 17,40%. Para el resto del sector privado caerá del 18% al 15%. A esto se suma un aporte de 3% sobre las remuneraciones que sirven para calcular las contribuciones al SIPA.

Además, para fomentar la formalización, el proyecto contempla:

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