La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanza con la implementación del nuevo esquema denominado "IVA Simple".

La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5705/2025, que se dio a conocer este lunes a través del Boletín Oficial. Las nuevas disposiciones serán de cumplimiento obligatorio para las declaraciones juradas –tanto las iniciales como las modificadas– correspondientes al período fiscal de noviembre 2025 en adelante.

Las actualizaciones del sistema "PORTAL IVA", necesarias para completar el formulario F. 2051, estarán disponibles desde el 30 de junio de 2025.

Desde el organismo fiscal destacaron que "con el objetivo de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus deberes fiscales a partir de la optimización de las aplicaciones disponibles para ello, se estima conveniente simplificar la determinación del IVA a partir de un único procedimiento electrónico integral y asistido que reemplaza los sistemas anteriores, así como sus respectivos formularios de declaración jurada".

Cronograma de implementación del IVA Simple

Los contribuyentes exentos continuarán utilizando únicamente el Libro IVA digital.

¿Cómo funciona IVA Simple?

IVA Simple opera en dos etapas automatizadas:

  • Registro electrónico: Carga automática de operaciones de compras y ventas, con datos provistos por ARCA o importados desde sistemas propios.
  • Determinación del impuesto y del saldo resultante: Se informarán las condiciones para la determinación del impuesto y se visualizarán las retenciones y percepciones informadas, al igual que otros datos registrados en las bases de ARCA, como pagos a cuenta y saldos a favor, entre otros.
  • IVA Simple: beneficios para los contribuyentes

    IVA Simple: claves y requisitos del nuevo sistema

    Los contribuyentes inscriptos en el régimen de IVA que deban cumplir con la determinación e ingreso del tributo bajo el esquema de "IVA Simple", deberán seguir un procedimiento digital unificado, simplificado y con asistencia automatizada, según lo establece la normativa vigente.

    La liquidación del Impuesto al Valor Agregado, junto con la carga y envío del formulario mensual F. 2051 (IVA Simple), deberá realizarse a través de la plataforma "PORTAL IVA", accesible desde el sitio oficial de ARCA

    Para completar el mencionado formulario, los contribuyentes tendrán que avanzar en los siguientes módulos:

  • Registración Electrónica de Operaciones: Se pondrán a disposición los comprobantes emitidos y recibidos registrados en la base de datos de ARCA.
  • Determinación del impuesto y del saldo resultante: Se informarán las condiciones particulares para la determinación del impuesto y se visualizarán las retenciones y percepciones informadas, al igual que otros datos registrados en las bases de ARCA, tales como pagos a cuenta y saldos a favor, entre otros.
  • Los documentos, certificados y/o información que el sistema pone a disposición deberán ser verificados por los contribuyentes, quienes podrán realizar ajustes, correcciones, incorporaciones o eliminaciones según corresponda, ya sea de forma manual o mediante la importación de datos.

    Las operaciones alcanzadas, los detalles técnicos y las situaciones particulares que deben contemplarse para completar el módulo de registración electrónica pueden consultarse en el micrositio "IVA - Impuesto al Valor Agregado", disponible en la web oficial de ARCA.

    "La puesta a disposición de la referida información no obstará la verificación posterior de su veracidad por parte de ARCA", afirma la flamante norma.

    Te puede interesar