La revolución que generan en la economía la tecnología de blockchain y la utilización de criptoactivos ya puede equipararse con el impacto que causó Internet, en su momento.

Lo que comenzó como una actividad centrada en un grupo reducido se convertió hoy en una tendencia cada vez presente en nuestras vidas.

Las criptomonedas son activos intangibles que se constituyen un verdadero medio de pago.

Incluso, en la actualidad, es cada vez más frecuente encontrar una masa crítica de inversoresque promueve la adquisición de inmuebles con estas divisas digitales.

Esto dispara algunas dudas sobre: las implicancias que este tipo de operaciones tienen desde el punto de vista del riesgo, la instrumentación legal, el efecto impositivo y demás cuestiones que conviene tener en claro a la hora de evaluar esta alternativa.

Desde el punto de vista legal, es totalmente factible la compra de una propiedad con criptomonedas. Al no ser una moneda de curso legal, la operación encuadra en lo que es un canje, es decir que, así como se puede pagar una propiedad con la entrega de un vehículo, de la misma forma se puede pagar entregando algunas criptodivisas.

Totalmente legal

Como sucede en una operación bajo formato tradicional, hace falta que ambas partes tengan cuentas bancarias para transferir los fondos.

En el caso de operar con criptomonedas será necesario operar a través de alguna de las múltiples plataformas existentes donde se registran y operan los distintos tipos de divisas digitales existentes.

Al igual que una cuenta bancaria, el vendedor transferirá al comprador la cantidad pactada desde su billetera "virtual".

Es fundamental poder entender los riesgos, radicalmente distintos, asociados a ambos tiposde bienes (criptoactivos y propiedad inmueble).

Las criptodivisas son activos especulativos con altísima volatilidad. Por su parte, los inmuebles tradicionales son de precios estables, con pautas de valuación muy claras y, -por tratarse de activos que cumplen en muchos casos funciones de reserva de valor- en nuestro país, presentan, por lo general, una tendencia de valor creciente en el tiempo.

Es por eso que, al plantearse el cierre de una operación de adquisición de un inmueble pagadera con criptomonedas, ambas partes deben tener mucho cuidado con las variacionesde precio diarias de la divisa digital.

Tokenizándose

Factor que es posible mitigar fijando en el acuerdo pautas que prevean cómo manejar las mismas. En cuanto a los impuestos en este tipo de operaciones y en términos generales, el tratamiento impositivo aplicable para las criptomonedas, no está todavía plenamente legislado y hay muchas zonas "grises".

En el caso del impuesto sobre los bienes personales e ingresos brutos, el tratamiento no está del todo claro.

El caso del IVA es el único donde hay certeza, ya que al tratarse de un bien considerado inmaterial no aplica el impuesto.

Todavía son pocos los vendedores que aceptan cobrar en criptoactivos, tanto en el caso de aquellos individuos que venden una propiedad usada como en el caso de los desarrolladores que venden propiedades en obra o terminadas.

Es claro que la criptoeconomía llegó para quedarse y se ha vuelto una opción dentro delsector inmobilidario.

Sin embargo, quedan aún variables sobre las que ahondar pararegularizar y normalizar las operaciones con esta divida, de forma que se integre al mapa deopciones para quienes buscan invertir sus ahorros en una propiedad, en este caso tokenizada.

*Por Ariel Venneri, socio fundador de MAHE Desarrollos Inmobiliarios

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