La Justicia de Neuquén condenó a una empresa titular de una plataforma de avisos clasificados online por una compraventa frustrada
24.03.2022 • 16:36hs • Comercio electrónico
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Un fallo pone la lupa sobre Mercado Libre y otros ecommerce: ¿el sitio es responsable por las ventas?
Un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén sienta un precedente para las compras en Mercado Libre, OLX y otras plataformas online que unen a compradores y vendedores de productos.
En efecto, la Justicia neuquina condenó a una empresa de avisos clasificados -dedicada a la comercialización del espacio publicitario-, al considerarla responsable solidaria por haber actuado como "distribuidora/intermediaria de bienes y servicios en su página web de publicidad; poniendo al alcance de los consumidores y usuarios los bienes ofrecidos por los vendedores".
¿Cuál es la responsabilidad del sitio de ecommerce?
El tribunal neuquino condenó en primera instancia de forma solidaria a una web que brinda servicios de publicación de avisos de venta de automotores. La causa es denominada "Fernández Dotzel Marcelo Daniel C/ Central Autos y otros S/Sumarísimo Ley 2268".
La empresa condenada apeló la decisión, argumentando que fue el demandante quien encontró la oferta de venta de automotores 0 kilómetro y que "no obtuvo beneficio económico alguno derivado de esa transacción".
A su vez afirmó que se le está cargando de una responsabilidad a pesar de no "ser oferente, proveedor ni vendedor de bienes, ni tener la facultad y/o deber de fiscalizar o controlar a todos aquellos que realicen una publicación en su sitio web".
Según se pudo leer en la causa, el demandante "encontró en una página web, la oferta de venta de automotores 0 km" tras lo cual se dedicó "a la elección de posibles vendedores" para comenzar a negociar de forma virtual el cierre del trato.
El fallo
"El actor acudió a los servicios de la página web de la demandada, interesándole la oferta publicada correspondiente a la concesionaria. Por ello, remitió sus datos a la página web, quién se encargó de reenviárselos a la concesionaria, quién a su vez se contactó con el potencial comprador. Esta compraventa se frustró, con daño para el consumidor", explicó el abogado del damnificado.
Para los magistrados, "desde el momento que la demandada apelante lucraba con la administración de la página web, ya que cobraba por la publicación de los avisos, a la vez que atraía a futuros contratantes generando confianza en ellos por tratarse de una plataforma dedicada a la oferta de automotores en venta, pasa a integrar la cadena del proceso de compraventa en los términos del artículo 40 de la ley 24.240, siendo solidariamente responsable frente al consumidor", según destacó un artículo del sitio diariojudicial.com