El jueves 15 de julio finalmente se aprobó la ley de Sociedades Comerciales de Beneficios e Interés Colectivo (BIC) en Uruguay

"Hoy aprobamos ley Sociedades BIC, y abrimos un cauce para el desarrollo de un nuevo tipo de empresa. Y damos un gran paso hacia un Uruguay más emprendedor y más humano", remarcó desde su cuenta el principal impulsor de la medida, Rodrigo Goñi Reyes, Diputado del Partido Nacional por Montevideo.

La ley tiene por objetivo primordial establecer las condiciones que faciliten a estas empresas crear valor económico a largo plazo, y generar al mismo tiempo impacto positivo en la sociedad y el medio ambiente.

Empresas verdes

Se trata de empresas que apuntan a ser agentes de cambio y contribuir a la solución de las problemáticas sociales y medioambientales. El proceso comenzó en 2017, cuando se presentó el proyecto de ley ante la Comisión especial de Innovación, Ciencia y Tecnología de la cámara baja.

Ahora la iniciativa seguirá su curso parlamentario en la Cámara de Senadores, donde se espera tratar a comienzos de diciembre.

Sistema B Uruguay es un movimiento nacional e internacional que promueve el desarrollo de una nueva economía para contribuir a desarrollar sociedades más sustentables. Las empresas que se regulan por esta norma son también llamadas empresas BIC o de triple impacto, porque procuran no solo crear valor económico, sino también social y medioambiental.

Desde el punto de vista jurídico, el proyecto de ley establece una política de ensamble con las figuras comerciales existentes, sociedades comerciales y fideicomisos, a las que se les agregará la categorización BIC en caso de cumplir con los requisitos dispuestos por el proyecto.

Empresas ambientales

Además, se procura que la regulación de estas empresas no implique mayores costos. Entre las principales disposiciones este proyecto de ley contempla que las empresas que cumplan con las disposiciones BIC agregarán la abreviatura "BIC" a su nombre.

El proyecto también se ocupa de la protección y responsabilidad de los Administradores de estas empresas, quienes deberán tomar en cuenta el triple impacto: económico, social y medioambiental.

Se establece asimismo un marco de transparencia para las Empresas BIC, las que deberán realizar un reporte anual de acceso público sobre las acciones llevadas a cabo para el cumplimiento del impacto social o medioambiental.

Esta normativa no genera ningún beneficio fiscal y tampoco afecta en absoluto el tratamiento relativo a las acciones de responsabilidad social empresarial, que continuarán con su régimen vigente.

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