Mapas escritos a mano, palabras secretas, un pendrive en un cajón, o alguna advertencia de "no tirar" pegadas a un disco duro puede marcar la diferencia entre cobrar miles de dólares o simplemente perderlos. Breve guía para conocer qué hacer con las criptomonedas una vez que dueño ya no esté.
Mariano Di Pietrantonio, director de Marketing para América Latina en MakerDAO, recomienda a iProUP que siempre es preferible tener un familiar que cuente con acceso a la billetera electrónica, y que fundamentalmente, sepa cómo acceder.
"Generalmente el usuario tiene las private keys, qué son las claves privadas, y que probablemente accedés por tu billetera. Siempre es recomendable dejar algún tipo de instrucción porque si no lo hacés y te vas de este mundo, nadie va a poder acceder a ellas".
Dejar la clave es fundamental para poder recuperar los activos
Di Pietrantonio cuenta que hay aplicaciones en Ethereum como last will, que el usuario puede programar, y que funcionan como una suerte de última voluntad. Consiste en programar periodos, a modo de prueba de vida, y cuando no se pueda realizar, los fondos pasar a ser derivados a la persona que se asignó. Se transforman a precio local, y se transfieren a la persona que haya sido designada. Un punto fundamental, es que el monto puede elegirse, que sea de manera completa o que se asigne de manera mensual o anual.
"Los designatarios lo pueden ir recibiendo de a poco, para que no exista fraudes ó malversación de fondos, que es algo bastante común. De hecho, se plantean casos bastantes interesantes, y todo eso es posible gracias a que esta red puede manejar valor nativo y tiene diferentes detonantes hacia una cosa o hacia otra".
Di Pietrantonio remarca que en el caso de no hacer alguna acción, es decir, no tener configurado a un destinatario o dejar instrucciones de acceso, este activo se pierde.
"Si no se tienen las claves, no hay forma de acceder a esto. Hay gente que perdió fortuna por no tenerlas o incluso que han tirado discos duros sin saber qué contenían esas claves. Por así decirlo, si nadie tiene tus claves privadas, no hay martillo, bomba, ni orden de juez que pueda abrirlas", completa.
Designar previamente
Manuel Beaudroit, chief marketing officer y cofounder de Bitex, comenta que los activos son cien por ciento del adquirente. "Uno es el que tiene el control absoluto del activo y eso hace que si a uno le pasa algo, nadie más tiene esa información. Ni puede saber cuántos Bitcoin tengo".
Beaudroit remarca que la forma más simple de evitar que se pierdan los bitcoins tiene que ver con contarles a los seres queridos, sea familiar, testaferro, que se tiene activos y de qué forma, con qué billetera, se puede acceder y con qué clave. En definitiva, realizar una planificación patrimonial, similar a armar un testamento en el que se pueda ir contando o dando pistas para que las personas sepan qué es lo que se tiene y cómo se puede acceder.
"Una forma sería poner todo en un sobre, con las claves privadas, con las cúales vos podés mover esos activos, y hacerlo llegar a la persona que quiso designar. Otra opción, más complejas, que implicaría una educación previa sobre el uso de los activos, sería tener una billetera compartida en donde no hace falta ningún tipo de instrucción".
El experto explica que quizás la mejor forma sea tener un custodio, en un exchange, y se dejen instrucciones para que en el caso del fallecimiento se asignen automáticamente al sucesor. Y resalta que en la actualidad, están perdidos entre 3 y 5 millones de Bitcoin, de un total de 18 circulantes. "Estamos hablando que hay un cuarto perdidos, ya sea porque la persona murió o porque perdió las claves".
Contraseñas seguras, compartidas en el momento justo.
Ámbito legal
Diego Nunes, abogado y socio de Estudio Nunes y Asociados, explica que lo que tenemos, actualmente, es una falta de regulación en Argentina.
"Ni siquiera estamos de acuerdo en qué es una criptomoneda o un activo.Tanto para la ley, la AFIP, para ámbitos jurídicos o contables, no está claro. Se entiende que es parte del activo de la declaración jurada, pero a nivel jurídico no tenemos una legislación, hay dos proyectos para definirla, que constituirá el marco jurídico para después poder establecer una legislación".
Nunes recuerda que las criptomonedas surgen del anarquismo del no estar reguladas. "Creo que en algún momento va a haber un balance entre, el estar fuera del sistema y el integrarse al sistema financiero, recibir inversiones, estar en blanco, tener transparencia".
Nunes remarca dos posibilidades a la hora de que los deudos puedan reclamar los activos:
- "Primero hay que ver si va a estar declarado en la sucesión, y considerar si estas en un esquema centralizado, tenés que hablar con el proveedor y designar un beneficiario final, en el caso de fallecer o estar imposibilitado"
- Si estas descentralizado, es decir, si yo tengo en un pendrive todas mis monedas, en una caja de seguridad, o en un cajón, el que tenga ese token va a poder disponer de los fondos. A nivel jurídico, lo que correspondería sería declararlo dentro del acervo sucesorio y que el juez decida cómo dividir los bienes", asegura el letrado.
Juan José Méndez, de Ripio cuenta a iProUP que "Bitcoin y las criptomonedas funcionan con un sistemas algorítmico, que por una lado, las hace seguras, pero esto afecta a la usabilidad sino tenés un conocimiento técnico. Y si el usuario no compartió en vida a estas claves, no hay forma de recuperarlas".
"En el mundo hay muchos casos de gente que no se lo contó a nadie, y que los herederos nunca pudieron acceder. Por eso siempre es recomendable, al ser una tecnología de extrema seguridad, que haya cierta disponibilidad de acceso a los fondos. En este sentido, hay algunos proyectos a nivel internacional para fondos después del fallecimiento de la persona, que permiten compartir una clave si se produce el deceso. Es decir, una clave que te provee la empresa para lograr acceder, si el heredero acredita su identidad", concluye.