El Gobierno porteño prevé avanzar con una normativa que regule la actividad de las apps de delivery en la ciudad de Buenos Aires, por lo que buscará que el proyecto presentado por Cristina García (Vamos Juntos) y Marcelo Guouman (UCR-Evolución) sea debatiida este jueves.
García Vilas había decidido postergar el tratamiento pues que no habían alcanzado los acuerdos suficientes para lograr los 40 votos que requieren su aprobación, ya que los sectores de la oposición insistieron en las empresas (Rappi, Glovo, Uber Eats, Pedidos Ya) tengan más responsabilidades.
La iniciativa plantea la incorporación en el Código de Tránsito de la figura de "operador de plataforma digital de oferta y demanda por terceros del servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias".
De este modo, trataría de una "persona humana o jurídica que opera y/o administra una plataforma digital a través de la cual terceros ofertan y demandan el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias".
La iniciativa fija que los repartidores deberán contar con la habilitación correspondiente para operar, además de inscribirse en el "Registro Único de Transporte de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias (RUTRAMUR)", según indica El Parlamentario. De esta manera, no descarta el el carácter de trabajador "independiente" que proponen las aplicaciones y que está en discusión por el gobierno nacional.
El texto además indica que aquellos establecimientos gastronómicos u otros locales comerciales que no desarrollen como actividad principal la mensajería urbana o reparto a domicilio quedarán eximidos de esta obligación.
La vigencia de la habilitación será de un año, pudiendo renovarse en forma indefinida, y será otorgada a título personal y es intransferible. Para conseguirla, las las aplicaciones deberán acreditar su inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y constituir un domicilio en la Ciudad y uno electrónico, entre otas cuestiones.
Por su parte, los ciclistas deberán acreditar que no poseen infracciones de tránsito y aprobar cursos de capacitación obligatorios, que incluirán nociones de seguridad vial y normativa vinculada con los servicios que presten. Y será obligatorio que posean casco homologado e indumentaria con bandas reflectivas.
Finalmente, las aplicaciones deberán ofrecer un mecanismo digital de reporte de quejas disponible para los usuarios, debiendo establecer un procedimiento eficaz para solucionar o dar respuesta a los reclamos. En caso de que las plataformas no cumplan con estos requisitos, pueden aplicársele suspensiones de hasta 30 días, de la habilitación o la imposibilidad de obtenerla por el plazo de un año.
El proyecto del Gobierno
Luego de algunos paros entre los trabajadores de delivery. el Gobierno retomó su proyecto de ley para regular el trabajo en las aplicaciones de reparto y se prepara para enviarlo al Congreso y someterlo al debate virtual.
La secretaria de Legal y Técnica, Vilma Ibarra, tiene bajo análisis la iniciativa y cuyo trámite parlamentario quedó interrumpido por la pandemia del coronavirus.
Tal como explica Ámbito financiero, el Ministerio de Trabajo le incorporó un capítulo que incluirá a los repartidores en el régimen general de la seguridad social, con prestaciones de salud y aportes jubilatorios, y una habilitación a la AFIP para ejercer un control en tiempo real de la distribución de tareas por parte de las aplicaciones.
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Los repartidores son uno de los grupos "esenciales" que circula por la calle.
El borrador de la norma corregida, que circuló durante la semana pasada, también levantó algunas quejas por cederles a las aplicaciones una mayor potestad en el manejo de los tiempos de disponibilidad de los repartidores, el ítem del que surgirá el salario básico de la actividad.
El estatuto especial, considerado por sus autores el primero en el mundo abarcativo de toda la actividad, fue ideado para regir la labor de entre 60 y 80 mil repartidores de las aplicaciones PedidosYa, Glovo, Rappi y UberEats y estará un escalón por debajo del piso de derechos que garantiza la ley de Contrato de Trabajo (LCT), con un régimen distintivo de remuneraciones, jornada laboral, licencias y vacaciones, accidentes e indemnizaciones, entre otros tópicos. El eje será la facultad de los repartidores de estructurar sus horarios.
En contra
Las principales objeciones, desde los gremios que agrupan a los trabajadores del rubro, pasan por el hecho de proponer una vinculación novedosa pero no asociada a la relación de dependencia que establece el régimen general de la LCT y que se asimila más a la de otros estatutos como el del peón rural, el trabajador de la construcción o el del personal doméstico.
Frente a las empresas digitales, en general disconformes con el borrador del proyecto, se ubica un bloque heterogéneo de gremios: por un lado, el sindicato más histórico de motoqueros, Asimm, y por otro una organización nueva, la Asociación del Personal de Aplicaciones (APP), que busca un reconocimiento legal de mayor jerarquía y pide ser incorporada al debate parlamentario.
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Los trabajadores reclaman más derechos frente a las plataformas.
A ellos se sumó últimamente la Agrupación de Trabajadores de Reparto (ATR), cercana al Partido de los Trabajadores Socialistas (PTS), que el 8 de mayo promovió un paro nacional de la actividad con acatamiento dispar.
Limites y regulaciones
En la cartera laboral confirmaron la salida del proyecto de esa área para recalar en Legal y Técnica, como último paso previo a su arribo al Congreso en los próximos días. El tránsito original, antes de la declaración de la cuarentena, tenía que ver con la remisión a las comisiones relacionadas de la Cámara de Diputados y del Senado. Y el objetivo del oficialismo será imprimirle velocidad a su tratamiento.
El proyecto establece un máximo de trabajo de 48 horas semanales y que los sueldos se calcularán mediante un básico proporcional del salario mínimo, vital y móvil (SMVyM), asociado al tiempo de disponibilidad del repartidor, y otro variable que dependerá del número de entregas, la distancia recorrida, el tiempo insumido y el lapso de espera.
Se trata, explicaron sus autores, de garantizar la soberanía sobre el uso del tiempo por parte de los trabajadores y el derecho de "loguearse" y "desloguearse" de las aplicaciones según su conveniencia.