La sentencia española reconoce que Meta obtuvo ventajas en el negocio publicitario al usar datos de usuarios de Instagram y Facebook sin consentimiento
04.12.2025 • 16:00hs • Datos personales
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Meta pierde un juicio histórico en España y deberá compensar a 87 medios: las claves del fallo
La Justicia española dictó un fallo histórico contra Meta: la empresa deberá pagar €479 millones a medios digitales y agencias de noticias por haber utilizado datos personales de manera contraria al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
El Juzgado Mercantil número 15 de Madrid determinó que la empresa propietaria de Facebook e Instagram, obtuvo una ventaja competitiva en el mercado publicitario mediante el uso indebido de información personal de sus usuarios.
De acuerdos a la sentencia, Meta deberá desembolsar €479 millones a 87 editoras y agencias agrupadas en la Asociación de Medios de Información (AMI).
Además del monto total, el fallo contempla compensaciones puntuales:
- €2.570.000 para el Grupo Europa Press
- €13.563 para Radio Blanca
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) celebró la decisión y destacó su relevancia internacional.
En un comunicado, la entidad explicó: "La sentencia representa un precedente histórico porque reconoce que el modelo de negocio publicitario de Meta, basado durante años en el tratamiento ilícito de datos personales, generó un daño económico directo a los medios digitales que sí estaban obligados a cumplir el RGPD y que no podían competir en igualdad de condiciones".
Desde su perspectiva, "en la práctica, el fallo valida que parte de la caída de ingresos publicitarios del sector no fue solo un fenómeno de mercado, sino el resultado de una ventaja competitiva indebida de la plataforma, lo que fortalece el reclamo de los medios frente a prácticas abusivas y desequilibrios estructurales en el ecosistema digital"**.
Fallo contra Meta: claves de la sentencia
La Justicia española concluyó que esta práctica afectó la capacidad de los medios locales para competir en igualdad de condiciones.
Al aprovechar datos personales sin consentimiento válido, Meta habría consolidado una posición dominante en el mercado publicitario digital, debilitando a los medios que dependían de reglas más estrictas.
El tribunal analizó el cambio que realizó Meta cuando entró en vigencia el RGPD.
La empresa sustituyó el consentimiento explícito de los usuarios por la "ejecución del contrato" como base legal para justificar el tratamiento de datos personales.
Según la sentencia, esta modificación convirtió en ilícito el uso de información para elaborar publicidad comportamental, algo que permitió a la compañía obtener un rendimiento económico superior al de sus competidores, quienes sí debían cumplir estrictamente con la normativa.
Esta resolución marca un hito en la aplicación del RGPD y abre la puerta a nuevas demandas en otros países europeos. Para los medios, representa una oportunidad de recuperar terreno frente a gigantes tecnológicos que, durante años, se beneficiaron de prácticas cuestionadas en el manejo de datos personales.