La transformación digital ya no consiste solo en eliminar papel. También exige elevar la seguridad, la confianza y la eficiencia de cada proceso
09.09.2026 • 16:15hs • COLUMNA
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Firma digital y firma electrónica: la diferencia empieza en la tecnología
La transformación digital está cambiando la manera en que personas, empresas y organismos realizan operaciones que hasta hace pocos años requerían presencialidad, documentos en papel y firmas manuscritas.
En ese proceso, firma digital y firma electrónica suelen presentarse como conceptos equivalentes. No lo son. Y la diferencia entre ambas no empieza en la regulación, sino mucho antes: empieza en la tecnología y en las garantías que cada una puede ofrecer.
Una firma electrónica puede utilizar distintos mecanismos para identificar a una persona y registrar su voluntad, como una contraseña, un código enviado al teléfono o un clic de aceptación. Son herramientas válidas y pueden resultar adecuadas para numerosas operaciones.
La tecnología sobre la que opera la firma digital se basa en criptografía asimétrica y ofrece tres garantías fundamentales: acreditar quién firmó, verificar que el documento no haya sido modificado después de la firma y asegurar el no repudio, es decir, que quien firmó no pueda luego desconocerla.
Son estas características las que le otorgan un mayor nivel de seguridad y sobre las que se sustenta el tratamiento jurídico diferencial que le reconoce la legislación argentina. No es más segura porque la ley la proteja más: la ley le reconoce mayores atributos porque su tecnología ofrece mayores garantías.
Durante mucho tiempo, optar por esas mayores garantías tenía un costo práctico: obtener un certificado digital podía implicar trasladarse hasta una oficina para validar la identidad y luego depender de un dispositivo físico para poder firmar. Frente a esa experiencia, otras soluciones podían resultar considerablemente más simples.
Pero esa realidad cambió. Hoy es posible validar la identidad de manera remota, obtener un certificado digital y firmar desde cualquier lugar, sin traslados ni dispositivos físicos. La evolución tecnológica permitió conservar las garantías propias de la firma digital y, al mismo tiempo, eliminar gran parte de las barreras que dificultaban su adopción. Además de ser más segura y jurídicamente robusta, hoy también es simple, remota y económica.
Y eso cambia la discusión. Ya no alcanza con preguntarnos si una herramienta permite firmar un documento desde una computadora o un teléfono. La pregunta debería ser qué nivel de certeza queremos para ese acto y por qué elegiríamos una tecnología que ofrece menos garantías cuando podemos acceder a una que ofrece más sin resignar simplicidad.
Esto no implica desconocer la utilidad de la firma electrónica. Seguirá existiendo un amplio universo de operaciones para las que puede resultar suficiente. Pero tampoco deberíamos presentar ambas tecnologías como equivalentes ni confundir sus alcances, especialmente cuando se trata de actos de relevancia económica o jurídica.
Digitalizar no consiste solamente en eliminar el papel o la presencialidad. También implica elevar los niveles de seguridad, confianza y eficiencia de los procesos.
Durante años, elegir mayores garantías podía implicar aceptar una experiencia más compleja. Hoy esa disyuntiva desapareció de la ecuación. Entonces la pregunta se vuelve inevitable: si podemos firmar de manera simple, remota y económica con una tecnología que ofrece mayores garantías y, por ende, mayores atributos jurídicos, ¿por qué conformarnos con menos?
*Por Daniel Raskin, Gerente General de Lakaut