El nuevo beneficio para que las pymes de la Economía del Conocimiento contraten
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El Gobierno Nacional introdujo cambios en el programa de incentivo de empleo para pymes de la Economía del Conocimiento "INSERTAR", incluyendo un nuevo mecanismo para otorgar beneficios, y extendió el plazo de inscripción hasta el 31 de octubre del 2025.
Las modificaciones al Programa Nacional de Financiamiento para la Generación de Empleo en Actividades vinculadas con la Economía del Conocimiento con vistas al Fortalecimiento Empresarial y la Inserción Laboral "INSERTAR" fueron oficializadas este jueves mediante la Resolución 510/2024 publicada en el Boletín Oficial.
Según expresa el texto oficial, el objetivo del programa es fomentar la generación de empleo en pymes vinculadas a la economía del conocimiento en todo el país, promover la federalización de instrumentos de formación de recursos humanos y aumentar la oferta de trabajo calificado, fortaleciendo la competitividad local. Para ello, se estableció un nuevo mecanismo de otorgamiento de beneficios, que introduce un proceso más riguroso de verificación y cumplimiento de requisitos.
Además, se consideró necesario realizar ajustes operativos y técnicos para garantizar mayor claridad y eficacia en la implementación del programa.
Entre las modificaciones se destaca la implementación de un beneficio equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil por cada nuevo trabajador contratado.
Este beneficio se acreditará directamente por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y podrá utilizarse a partir del mes siguiente a la presentación de la DDJJ F.931, siempre que se constate la continuidad laboral del trabajador.
Anteriormente, los beneficios eran otorgados como Aportes No Reembolsables (ANR), calculados sobre un porcentaje del salario por contrataciones de tiempo indeterminado y jornada completa, con un cupo total de nuevas incorporaciones.
La nueva normativa también establece que el cupo total de beneficios será distribuido proporcionalmente a la población de cada provincia, según el último Censo Nacional, garantizando un mínimo para todas las jurisdicciones. La distribución será definida por el Comité Directivo del Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento.
Podrán participar del programa las empresas habilitadas para operar en el territorio argentino bajo el régimen jurídico vigente y que se encuentren dentro de la categoría de Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MiPyME).
Además deberán cumplir las siguientes condiciones:
Por el contrario, no podrán acceder al programa aquellas empresas que: