Luego del dólar tech para exportaciones, el Gobierno lanzó subsidios impositivos a través de un programa para la promoción del desarrollo y producción de biotecnología moderna y nanotecnología.
Pero estos beneficios no se podían aplicar hasta que la AFIP adecuó la normativa que regula el acceso. El plan ofrece a los titulares de proyectos de I&D o producción de productos y servicios basados en tales disciplinas:
- Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias
- Acreditación o devolución del IVA por los bienes de capital, equipos especiales, sus partes o elementos componentes nuevos
La Resolución General N° 5377 de AFIP dispone que para aplicar y solicitar los beneficios, los responsables deben poseer CUIT con estado "Activo: Sin limitaciones".
Cómo obtener el beneficio en IVA y Ganancias
La solicitud de devolución anticipada del IVA debe presentarse por período fiscal del mes a partir del primer día hábil inmediato siguiente al que opere el vencimiento para la entrega de la declaración jurada. Hasta ahora, el trámite debía hacerse a partir del día 21 del mes en que operaba el vencimiento para el trámite, por lo que el cambio implica un importante beneficio financiero.
La acreditación o devolución de este tributo procederá siempre que la DDJJ, que comprenda el IVA facturado, haya sido presentada en tiempo y forma.
Por su parte, la solicitud para aplicar la amortización acelerada en Ganancias por el beneficio correspondiente a los años 2020 y siguientes se deberá realizar mediante el servicio con clave fiscal Presentaciones Digitales, seleccionando el trámite Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna/Nanotecnología.
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Cómo son los bonos de crédito fiscal
En operaciones de importación, los bonos de crédito fiscal pueden imputarse a la cancelación de gravámenes alcanzados así como de sus respectivas retenciones y percepciones.
La condición es que las retenciones se originen en la adquisición de insumos, bienes de capital, partes y componentes destinados a la fabricación local de productos relativos a la biotecnología, nanotecnología o otro sector que contribuya al desarrollo de éstas de forma directa.
Los Bonos de Crédito Fiscal -Código 307- emitidos por la Secretaría de Economía del Conocimiento podrán cederse por única vez, siempre que no posea deudas exigibles con la AFIP ni incumplimientos de presentación de declaraciones juradas determinativas o informativas al momento de la solicitud.
Se deberá ingresar con clave fiscal al servicio Administración de Incentivos y Créditos Fiscales - Contribuyentes, seleccionar el bono que pueda ser cedido e informar los datos de quien recibirá los importes susceptibles de transferencia.
El cesionario deberá aceptarla o rechazarla. En el primer caso, el bono quedará a disposición para su imputación por 10 años contados a partir de la fecha de emisión. Se podrán usar para cancelar obligaciones de Ganancias e IVA (saldo o anticipos) o, en caso de importaciones, las correspondientes a ambos tributos, sus retenciones y percepciones.
Únicamente podrán ser cesionarios de los bonos de crédito fiscal aquellos sujetos que revistan el carácter de beneficiarios en el ámbito del régimen.
Cómo es el dólar tech para empresas 4.0
Con el "dólar tech", empresas de Economía del Conocimiento y otras que no lo son pueden quedarse con dólar billete por un porcentaje de sus inversiones o exportaciones. Belén Toba, de Inforaction, señala a iProUP: "No hay que ser miembro del régimen para aplicar, aunque beneficia a exportadores de servicios de actividades incluidas en esa ley".
La libre disponibilidad de dólares "solo resulta aplicable para las personas jurídicas que realizan actividades de la Economía del Conocimiento, por lo que no hay beneficios para personas humanas", advierte a iProUP Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.
"El régimen abarca inversiones en infraestructura, bienes de capital y capital de trabajo, incluyendo salarios, como también los honorarios profesionales vinculados a esas tareas", define Domínguez. Y completa: "Las inversiones deben destinarse a la puesta en marcha de proyectos de la Economía del Conocimiento que incrementen exportaciones".
También prevé que "las empresas beneficiarias podrán estar constituidas en el país o extranjero", precisa Tributum.news, y no es necesario que estén inscriptas en el Registro de Economía del Conocimiento. Domínguez puntualiza que "hay un monto mínimo de inversión de u$s3 millones, pero la autoridad de aplicación podrá reducirlo 20% o incrementarlo".
El beneficio respecto de los dólares es la "libre disponibilidad de hasta un 20% de los que ingresen como inversión extranjera directa", subraya Tributum.news.
Toba resalta que "el 'lado B' es que hay que depositar el monto elegido en una cuenta especial y, si el plan de inversión no se cumple según lo pautado, se pierde el beneficio y debe liquidarse el dinero".
Cómo funciona el bono de contribuciones patronales para grandes exportadoras
"Con el Decreto que creó el dólar tech, el Gobierno introduce modificaciones y readecúa el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento. En concreto, cambia el beneficio relativo al bono de crédito fiscal, con la posibilidad de transferirlo por única vez", asegura a iProUP María Inés Brandt, de Marval, O’Farrell & Mairal.
Indica que esto consiste en "la conversión en un bono de crédito fiscal de hasta un 70% de las contribuciones patronales de los empleados afectados a las actividades promovidas".
Y añade: "Serán transferibles sólo para quienes acrediten exportaciones que representen al menos 70% de la facturación anual de la actividad promovida".
"La modificación está destinada a exportadores, a quienes se le generan saldos a favor en las declaraciones juradas del IVA y, sumado a la reducción del monto a ingresar en Ganancias dispuesto por la ley, no tienen contra qué aplicar el bono de crédito fiscal", concluye Brandt.