La Secretaría de Economía del Conocimiento, a cargo de Ariel Sujarchuk, prepara dos cambios en la reglamentación de la ley para el sector que beneficiarán a:

Según anticipa Sujarchuk a iProUP, el nuevo reglamento permitirá a los profesionales que adhieran al Monotributo las emisión de facturas E, que corresponde a los monotributistas que exportan, por un monto sustancialmente superior para economía del conocimiento que los u$s1.000 mensuales que hoy están en vigencia.

La otra modificación apunta a facilitar el cómputo de las capacitaciones cuando se prestan en forma interna, para llegar al porcentaje que pide la Ley de Economía del Conocimiento, revela.

"El cambio se implementará con una resolución del área económica dentro de los próximos días", anticipa el funcionario, y agrega que los cambios en la reglamentación ya fueron conversados con cámaras empresarias como AmCham y Argencon.

¿Cómo será el nuevo Monotributo exportador?

Para facturar, los exportadores de servicios deben tener CUIT y Clave Fiscal, inscribirse en el Monotributo y emitir la factura electrónica tipo "E". No puede ser tipo "C", que es la que utilizan para cobrar los servicios que prestan dentro del país.

Así, los monotributistas pueden exportar servicios hasta el tope de facturación del régimen. Es decir, hasta el límite de la Categoría H, la máxima en la que puede estar inscripto un prestador de servicios que hoy tiene un máximo vigente de $4.229.985 anual o $352.498 mensual.

Son casi 1.300 dólares al MEP por mes, pero la gestión de Massa espera que sea sustancialmente superior, en sintonía con tributaristas que afirman que debe estar en el orden de los u$s2.500.

¿Cuáles son las nuevas ventajas para empresas?

Juan Magadan, socio de PwC Argentina, explica a iProUP que "los servicios profesionales siguen teniendo trabas para inscribirse, al tener que demostrar una inversión en capacitación de 5% de su nómina salarial pero sin poder incluir en esa cifra los sueldos de aquellos empleados que fueron capacitados internamente, lo que significa un monto enorme".

"En cuanto a la acreditación de los requisitos adicionales a la facturación (como capacitación, investigación y desarrollo (I D) o exportaciones) y su incremento, las empresas deberán cumplir los porcentajes correspondientes a la actividad que mayor proporción represente respecto del total de su facturación promovida", subraya en diálogo con iProUP Vivian Monti, de KPMG Argentina.

La experta agrega que "así quienes exclusivamente exportan servicios profesionales continúan desmotivados por verse obligados a incurrir en gastos de capacitación para poder aplicar. Es la principal traba para el ingreso a la inscripción en este régimen promocional para la actividad de exportación de servicios profesionales".

"Se había pedido y hubo un compromiso de las autoridades, desde la gestión de Matías Kulfas en el Ministerio de Producción, que esta traba se iba a resolver. Y que se iban a incluir los sueldos de los empleados que se hayan capacitado como parte de ese 5%, que es el requisito mínimo", afirma Magadan.

Sin embargo, aclara que "sólo se incluyen las remuneraciones de las nuevas incorporaciones a partir de la inscripción. Así se facilita un poco el cumplimiento, pero no la foto al momento de la inscripción, que es cuando se pide que ya esté realizada la inversión del 5% de la nómina sin computar ningún salario", aclara.

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¿Qué dice el actual reglamento de economía del conocimiento?

La reglamentación vigente acepta que "es necesario tomar medidas que promuevan que las empresas capaciten empleados sin experiencia para así crear un mayor potencial de capital humano para los diferentes sectores", apunta a iProUP Mariano Echegaray, del estudio Echegaray & Ferrer.

Y añade: "Podrán computarse como inversiones en capacitación los salarios abonados a nuevos trabajadores contratados por tiempo indeterminado. Pero esto aplicará cuando la contratación represente su primer acercamiento al conocimiento (teórico o práctico), de actividades de economía del conocimiento, incluyéndose tareas para evaluar la factibilidad técnica y viabilidad económica".

Este gasto promovido "incluye becas a empleados y terceros y aportes a universidades, entre otros, en la medida que tengan relación con la actividad promovida", considera en diálogo con iProUP Silvia Tedin, de SMS San Martín, Suárez & Asoc.

Sin embargo, los salarios que podrán computarse dentro del 5% de inversión en capacitación deben cumplir los siguientes requisitos:

Esto "no responde al reclamo generalizado de considerar a las remuneraciones del personal que se capacita correspondiente al tiempo de asistencia a los cursos", advierte Monti.

Cuáles son las claves de la economía del conocimiento

"La Ley de Economía del Conocimiento tiene como objetivo promocionar actividades económicas que se caracterizan por el uso intensivo de tecnología y que requieren capital humano altamente calificado, apoyado los avances de la ciencia y de las tecnologías, la obtención de bienes, prestación de servicios o mejoras de procesos", indica a iProUP Mariano Echegaray, de Echegaray & Ferrer.

El experto enumera algunas de las actividades que incluye la Economía del Conocimiento como sigue:

Así como también "actividades de ingeniería, ciencias exactas y naturales, agropecuarias y médicas vinculadas a tareas de investigación y desarrollo. Son las disciplinas más dinámicas que tienen el potencial de aumentar transversalmente la productividad, la cantidad y calidad de empleo y las exportaciones", enfatiza.

"También impacta en todos los sectores económicos, ya que mejora procesos, aumenta la eficiencia, baja costos y genera innovación para todos los sectores de la economía. Desde la metalmecánica y la construcción, hasta el comercio y los servicios profesionales", afirma el experto, quien puntualiza las siguientes claves:

Echegaray también afirma que Argentina es "uno de los diez países con mayor potencial de crecimiento de exportaciones de economía del conocimiento".

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