Uruguay adoptó una fórmula para tributar a servicios digitales como Netflix, Uber, Airbnb y Spotify que tributaristas de ese país definieron como "novedosa" y "de vanguardia".

Esta mencionada innovación se basa en permitirles a las aplicaciones pagar sus obligaciones en dólares y hacer anticipos trimestrales, sin la exigencia de designar un representante legal en Uruguay.

A través de una resolución de la Dirección General Impositiva (DGI) que complementa anteriores disposiciones del Poder Ejecutivo, en las que se estableció el pago por parte de las plataformas de Impuesto a la Renta e IVA, la nueva medida ya fue puesta en marcha y afectará a muchas de las nuevas compañía de la llamada “economía digital”.

El subsecretario de Economía, Pablo Ferreri, aseguró en diálogo con El País que "nuestras normas estaban pensadas para contribuyentes que tenían presencia física en Uruguay y estas aplicaciones obtienen rentas" sin actividad en el país. Para el funcionario, esto llevó a "alterar la lógica" de la tributación "para facilitar el cumplimiento voluntario", y así se les permite "el pago trimestral de sus obligaciones en moneda extranjera y desde el exterior”.

El socio y director del Departamento Tributario de Guyer & Regules, Nicolás Juan, destacó que "es una reglamentación de vanguardia porque no es necesario que (las plataformas) se instalen en Uruguay, es un régimen simplificado espectacular".

En rigor, la resolución de DGI dispone que podrán abonar sus obligaciones tributarias en dólares aquellas plataformas que tengan la totalidad de sus operaciones documentadas en la moneda estadounidense.

Anteriormente, el Poder Ejecutivo había incorporado en la Rendición de Cuentas aprobada en 2017 un artículo que gravaba desde este año a las plataformas digitales que prestan servicios en el país con IRAE empresarial o Impuesto a la Renta de No Residentes (IRNR) según corresponda e IVA.

La reglamentación de esa disposición llegó en mayo, donde se diferenció entre las aplicaciones que realizan actividades internacionales como la producción, distribución e intermediación de películas cinematográficas y otras transmisiones audiovisuales, como Netflix o Spotify, de las que hacen tareas de mediación e intermediación por medios informáticos, como Airbnb o Uber.

Las del primer grupo pasaron a considerarse 100% de fuente uruguaya (antes era al 30%) y deben pagar impuestos por toda la renta generada, y las segundas (que no pagaban impuestos) pasaron a tributar por el 50% de la renta obtenida cuando el oferente o el demandante se encuentre en el exterior; a su vez, si la plataforma está afuera, pagará 12% por IRNR.

Los especialistas aseguran que estas nuevas medidas posibilitarán "una recaudación importante" para el Estado. El gobierno había previsto recaudar unos u$s 10 millones al año por el cobro de impuestos a las plataformas digitales.

Te puede interesar