El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó a que pequeñas y medianas empresas y cooperativas de telecomunicaciones puedan prestar el servicio de atención al público de manera reducida, y sólo en localidades de menos de 80.000 habitantes, a través de la resolución 328/2020 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La misma exceptuó a las pymes y cooperativas licenciatarias de tecnología de la información y la comunicación (TIC) que presten servicios en localidades de menos de 80.000 habitantes, respecto de la suspensión en forma completa de la atención al público, pudiendo proceder mediante la implementación de guardias mínimas al sólo efecto de garantizar el funcionamiento del servicio y el cobro de facturas.

Además estableció que, a efectos de desarrollar la actividad indicada, las personas deberán extremar la adopción de medidas conducentes para evitar aglomeraciones y siempre respetar la distancia interpersonal recomendada.

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