La Quinta Sala del Tribunal Superior del Trabajo de Brasil decidió este miércoles que un conductor de Uber no tiene un vínculo formal con la empresa, por lo que tampoco adquiere derecho a los beneficios que establecen las leyes laborales.

La decisión, adoptada por primera vez en última instancia laboral en el país, se refiere a una denuncia presentada por un conductor de la aplicación de transporte que reclamaba sus derechos laborales y constituye ahora un primer precedente para casos similares.

Los cinco miembros de la sala coincidieron en que una persona que trabaja con la aplicación presta un servicio "flexible", sin ninguna "obligación de exclusividad", y que el pago que recibe no constituye un salario pues es producto de una "sociedad comercial".

De esa manera, aceptaron los principales argumentos presentados por Uber, la cual sostuvo que sus conductores son trabajadores independientes y no tienen un contrato laboral, por lo que no pueden exigir derechos garantizados para el empleo formal, como el pago de vacaciones, primas, fondo de garantía, seguridad social u otros.

La justicia brasileña ya ha analizado en instancias inferiores miles de casos similares, pero hasta ahora ha fallado en diversas formas, ya que no existe en el país una jurisprudencia específica para las aplicaciones de transporte o entregas, que en los últimos años se han expandido con fuerza.

El caso juzgado este jueves llegó hasta el Tribunal Superior del Trabajo tras una apelación presentada por Uber contra una sentencia ahora anulada y dictada por un juzgado laboral de San Pablo que, por el contrario, había reconocido que el demandante, identificado como Marco Vieira Jacob, tenía un vínculo formal con la empresa.

El asunto laboral fue uno de los temas más polémicos de la trayectoria de Uber en Colombia, país en donde dejó de operar el pasado 1° de febrero tras una orden de las autoridades.

Su salida estuvo envuelta en la controversia y llevó a la plataforma a anunciar una demanda contra Colombia por "trato inequitativo".

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