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FAL para empresas: las claves antes de su debut en noviembre

Guía práctica para empresas: cómo opera el nuevo Fondo de Asistencia Laboral y los pasos urgentes antes del inicio de noviembre.
Por iProUP
Finanzas 4.0
15.10.2026 • 08:48hs • Finanzas 4.0

La cuenta regresiva para la entrada en vigencia del nuevo esquema de previsión laboral ingresó en su tramo definitorio. Creado a partir de la Ley de Modernización Laboral 27.802, el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) comenzará a aplicarse a partir del 1° de noviembre de 2026 para todos los empleadores del sector privado nacional, introduciendo una instancia obligatoria de planificación financiera para hacer frente a eventuales desvinculaciones del personal.

La normativa establece que las compañías deberán integrar contribuciones mensuales calculadas sobre la nómina salarial para constituir un respaldo financiero previo, buscando evitar que una rescisión contractual genere un descalce imprevisto sobre la caja diaria de los negocios.

De esta manera, se apunta especialmente al entramado de las pequeñas y medianas empresas.

Hernán Barrea, Director Comercial de Grupo Transatlántica, explica en declaraciones a las que accedió iProUP que la medida altera la previsibilidad corporativa: "Para un CFO o dueño de PyME, esto no es solo un trámite administrativo; es una herramienta que permite mejorar la previsibilidad financiera y reducir el impacto que determinadas desvinculaciones pueden generar sobre la caja de la empresa".

A continuación, los puntos centrales que las compañías deben conocer para instrumentar el régimen de manera correcta:

1. ¿Qué es el FAL y para qué obligaciones laborales sirve?

El Fondo de Asistencia Laboral opera como un mecanismo de ahorro y previsión gradual para cubrir las indemnizaciones por despido incausado, preaviso e integración del mes de despido.

"El FAL permite transformar parte de una contingencia que puede impactar fuertemente sobre la caja de las empresas en un esquema de previsión y acumulación gradual de recursos", señala Barrea. El especialista aclara además que el régimen no modifica los montos indemnizatorios fijados por ley ni reduce los derechos vigentes de los trabajadores, sino que reordena la forma en que los empleadores aprovisionan el dinero con anterioridad.

2. ¿Cuánto deberán aportar las empresas según su tamaño y qué tope fija la CNV?

El aporte patronal tiene carácter mensual obligatorio y se calcula directamente sobre las remuneraciones computables destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA):

Como contrapartida, la normativa contempla una reducción equivalente en determinadas contribuciones patronales hacia la seguridad social. El capital acumulado en cuentas individuales será invertido en el mercado de capitales bajo el marco regulatorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV), organismo que fijó un tope del 1% nominal anual sobre los costos totales de administración.

3. ¿Dónde se administran los fondos y qué pasa si no se elige un vehículo a tiempo?

Las compañías tienen la responsabilidad de seleccionar la entidad financiera autorizada que gestionará sus colocaciones, evaluando antecedentes de solvencia, rentabilidad y estructura de comisiones.

Si la empresa no realiza la elección antes del plazo estipulado, el esquema prevé una penalización automática. "Si no se elige un vehículo de inversión ni se informa el ID correspondiente a tiempo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) retendrá temporalmente los fondos y la Comisión Nacional de Valores (CNV) asignará de oficio un vehículo autorizado, perdiendo la oportunidad de elegir la alternativa que mejor se adapte a las necesidades de la compañía", advierte el directivo de Grupo Transatlántica.

4. ¿Cuáles son los tres pasos para adecuarse antes del 1° de noviembre?

Para evitar retenciones preventivas de ARCA o asignaciones forzadas, los departamentos de recursos humanos y finanzas deben completar tres acciones antes del primer vencimiento:

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