Puntos importantes
Argentina se comprometió a implementar el Marco de Reporte sobre Criptoactivos (CARF según su sigla en inglés), esquema desarrollado por la OCDE para el intercambio automático de información sobre criptoactivos.
Se trata de un paso más hacia una mayor transparencia fiscal internacional y plantea un cambio relevante para quienes operan con criptomonedas a través de exchanges centralizados del exterior.
El 14 de septiembre, el Foro Global de la OCDE informó queArgentina se comprometió a implementar el Crypto-Asset Reporting Framework (CARF) e iniciar los intercambios automáticos a más tardar en septiembre de 2029.
La contadora Aldana Fernández señala que "el mecanismo apunta a que las exchanges identifiquen a sus usuarios y recopilen información sobre sus operaciones".
Agrega que, "entre los datos contemplados, se encuentran las compras y ventas de criptomonedas, los intercambios entre distintos criptoactivos y determinadas transferencias. Esa información será reportada al fisco del país de residencia del usuario y compartida con otras administraciones tributarias".
"Una diferencia importante respecto de otros sistemas de intercambio de información, como el CRS para el sistema bancario, es que el CARF no se concentra únicamente en conocer el patrimonio o los saldos de una persona, sino también en obtener información sobre las operaciones realizadas durante el año", advierte.
Qué información va a recibir ARCA sobre criptomonedas de argentinos
Ana de Iparraguirre, managing partner de Ownlt Legal, señala que "ARCA contará con una fuente internacional estandarizada para detectar operaciones de residentes argentinos en plataformas del exterior. Podrá cruzar esa información con las declaraciones juradas presentadas, verificar inconsistencias y seleccionar casos de fiscalización".
"El compromiso asumido por el país establece que deberá trabajar para comenzar los intercambios automáticos bajo este marco, a más tardar, en septiembre de 2029. Antes será necesaria la implementación de la normativa interna y el desarrollo de los mecanismos operativos correspondientes, por lo que la llegada de información sobre las criptomonedas de argentinos a ARCA no será inmediata", aclara Fernández.
Iparraguire añade que, "si bien septiembre de 2029 parece lejano, el calendario real empieza antes: si Argentina adopta el cronograma utilizado por otras jurisdicciones, 2028 podría convertirse en el primer período respecto del cual los proveedores deban recopilar y reportar información para su intercambio en 2029".
Nicolás Pola, contador y asesor financiero, adveierte que "para el inversor argentino, el principal mensaje es que cada vez tiene menos sentido pensar en las criptomonedas como un activo que necesariamente queda por fuera del radar fiscal simplemente por estar operado en una plataforma del exterior".
"El mundo está avanzando hacia un sistema donde la trazabilidad y el intercambio de información también alcanzan a los activos digitales. Esto tampoco significa que a partir de 2029 Argentina vaya a conocer absolutamente todas las tenencias y movimientos cripto de cada persona", agrega.
"El alcance dependerá del tipo de activo, de la operación, del proveedor utilizado, de la jurisdicción involucrada y de cómo Argentina termine incorporando el estándar a su legislación local", analiza Pola.
Por qué festeja el sistema financiero
Pola remarca que "el compromiso de Argentina de incorporarse al CARF empieza a reducir una diferencia entre el sistema financiero tradicional y el mundo cripto: hoy, un argentino puede tener una cuenta financiera en el exterior alcanzada por mecanismos de intercambio automático de información, mientras que en cripto todavía existen muchos movimientos realizados a través de plataformas extranjeras que quedan fuera de esos circuitos tradicionales".
"Desde 2017, Argentina intercambia información de cuentas financieras bajo el Common Reporting Standard (CRS). Bancos, fondos y aseguradoras de más de cien jurisdicciones informan a sus autoridades fiscales los datos de clientes residentes en otros países, y esas autoridades los envían al país de residencia", De Iparraguirre.
"Sin embargo, gran parte de la tenencia y de las operaciones directas con criptoactivos quedaba fuera del CRS, porque este régimen fue diseñado alrededor de cuentas e instituciones financieras tradicionales", considera.
Qué y quién informa en el CARF
Según Iparraguirre, "los sujetos obligados son los proveedores que, como actividad empresarial, efectúan o facilitan determinadas operaciones con criptoactivos por cuenta o en beneficio de clientes".
Agrega que "la categoría puede comprender exchanges, brókers, dealers, operadores de cajeros y ciertos proveedores de billeteras u otros intermediarios, según los servicios que efectivamente presten".
"Respecto de cada usuario reportable, deben informar nombre, domicilio, residencia fiscal y número de identificación tributaria; y, según el caso pueden corresponder fecha y lugar de nacimiento, y datos de las personas controlantes. También deben informar, agregado por tipo de activo lo siguiente", precisa Iparraguirre:
- Compras y ventas contra moneda fiduciaria
- Intercambios entre criptoactivos
- Pagos minoristas reportables procesados por el proveedor, cuando superen el umbral establecido
- Transferencias hacia direcciones externas o desde ellas, incluidas las asociadas a billeteras de autocustodia
Iparraguirre añade que "Argentina integra el grupo que prevé realizar sus primeros intercambios en 2029, junto con Azerbaiyán, México y Estados Unidos. Si bien nuestro país asumió un compromiso político de implementar el CARF, aún no lo incorporó a su derecho interno. Por ello que no puede considerarse todavía como una adhesión".
"Con Argentina, ya son 77 las jurisdicciones comprometidas a implementar el CARF. La mayoría, incluidos Brasil y casi toda la Unión Europea, intercambiará desde 2027, y un segundo grupo con Suiza, Canadá y Australia lo hará desde 2028", completa.
A qué operadores argentinos impactará el intercambio de información
La adhesión al CARF va a tener consecuencias para distintos operadores argentinos con criptomonedas, afirma Iparraguirre, y detalla:
- Residentes argentinos que operan en exchanges extranjeros de jurisdicciones adheridas. Son los alcanzados más directos
- Proveedores locales registrados como PSAV ante la CNV. La futura regulación argentina deberá determinar cuáles quedarán comprendidos como proveedores reportantes bajo el CARF. Esta categoría seguramente se superpondrá en gran parte con la de los PSAV registrados ante la CNV, aunque ambas no son necesariamente idénticas
- Usuarios de exchanges en general. El cambio más inmediato será una mayor exigencia de identificación. Seguramente las plataformas solicitarán datos adicionales
Gilberto y Milagros Santamaría, del Estudio Santamaría, describen los requeridos para la operatividad del nuevo acuerdo de intercambio de información sobre criptoactivos:
- Dictar la legislación y reglamentación doméstica para obtener y tratar la información
- Cumplir las exigencias de confidencialidad y protección de datos
- Realizar las notificaciones correspondientes y activar expresamente las relaciones bilaterales de intercambio con cada país participante
"En definitiva, no veo esta noticia como algo que cambie la conveniencia financiera de Bitcoin, stablecoins u otros criptoactivos, pero sí como un cambio importante en el contexto en el que se utilizan. Para el inversor argentino, la decisión de tener cripto debería pasar cada vez más por analizar riesgo, volatilidad, custodia y utilidad dentro de una cartera, y cada vez menos por la idea de que se trata de un activo necesariamente invisible para las autoridades fiscales", concluye Nola.