El Gobierno dio a conocer el anteproyecto de ley de Desregulación que modifica el mercado de capitales, introduciendo mayores opciones para la inversión de criptomonedas y con una fuerte tokenización de todo tipo de activos, con normas para la identificación y una ágil ejecución judicial.
Gilberto Santamaría, del Estudio Santamaría, asegura a iProUP que "representa un avance trascendental porque incorpora a los criptoactivos y consolida la tokenización. Sin embargo, no termina de resolver la emisión de valores negociables nativos de blockchain".
"Cuando una startup, un protocolo DeFi o un proyecto de tokenización decide dónde constituirse, no evalúa únicamente la carga tributaria o el costo operativo. También analiza si el ordenamiento jurídico admite que sus activos nazcan, circulen y sean negociados directamente sobre blockchain", afirma.
Qué dice la ley sobre criptomonedas y tokenización
La Ley de Desregulación plantea una modernización integral de los instrumentos financieros y mercado de capitales, apoyándose fuertemente en la digitalización, y la adopción de nuevas tecnologías, como blockchain.
Respecto de la tokenización, se autoriza expresamente que todos los valores bursátiles (acciones, obligaciones negociables, títulos de deuda, etc.) sean emitidos, almacenados, transferidos y negociados utilizando tecnologías de registro distribuido (TRD) o blockchain.
"Lo que hoy se encuentra regulado es la representación digital de activos financieros tradicionales. En otras palabras, primero existe una acción, una obligación negociable o un fideicomiso financiero bajo el régimen jurídico clásico y, posteriormente, ese instrumento obtiene una representación digital sobre blockchain", explica Santamaría.
El plan del Gobierno para revolucionar la Bolsa con tecnología cripto
Por otra parte, las cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión podrán emitirse de forma digital mediante estas tecnologías. Y se habilita expresamente a que los FCI inviertan su patrimonio en activos virtuales o criptomonedas.
En los sistemas blockchain, la fecha cierta y la titularidad de un activo se probarán mediante un "sellado de tiempo criptográfico" o timestamp. A partir de este registro, el sistema podrá emitir certificaciones digitales que servirán como título suficiente para presentar reclamos judiciales o participar en asambleas.
En materia de garantías, se autoriza que la prenda con registro incluya las criptomonedas, derechos de propiedad intelectual, acciones, derechos contractuales y flujos de fondos futuros. También se reconoce plena validez jurídica a los contratos de prenda y warrants celebrados mediante contratos inteligentes (smart contracts).
Se permite la ejecución ágil de activos virtuales. Ante un incumplimiento (siempre que no sea una relación de consumo), el juez podrá ordenar el secuestro de criptoactivos ordenándole a la exchange que inmovilice o transfiera los fondos, o intimando al deudor a entregar sus credenciales y claves privadas bajo apercibimiento de multas.
Qué es el novedoso sello de tiempo criptográfico
Un sellado de tiempo criptográfico es un mecanismo de seguridad implementado en sistemas digitales y tecnologías de registro distribuido como blockchain, que sirve para acreditar de manera inalterable la fecha cierta de una inscripción o depósito digital de un instrumento.
En el marco de la modernización de los instrumentos financieros propuesta en la Ley de Desregulación, este elemento cumple funciones fundamentales:
- Otorga fecha cierta y prioridad: en la transferencia de títulos digitales o electrónicos, el cambio de titularidad produce todos sus efectos legales desde el momento exacto que marca el sellado de tiempo asignado por el sistema registral al procesar la transferencia
- Legitimación de derechos: los sistemas registrales utilizan el sello de tiempo criptográfico para emitir certificaciones digitales o comprobantes de saldo
Estos comprobantes son suficientes para legitimar al titular a ejercer derechos judiciales y extrajudiciales, permitiéndole realizar reclamos ante un juez, presentar solicitudes de verificación de crédito o participar en asambleas sin necesidad de ninguna autenticación adicional.
Santamaría precisa que "a diferencia de un registro tradicional, la confianza ya no depende exclusivamente de una autoridad central, sino de la seguridad criptográfica y del consenso de la red blockchain".
"Si esta innovación es incorporada al ordenamiento jurídico argentino, producirà un cambio de enorme trascendencia para la contratación electrónica, la prueba judicial, los registros societarios, la tokenización de activos, los smart contracts e incluso la administración tributaria", señala.
Cómo se ejecutan las criptomonedas prendadas
Para ejecutar judicialmente las criptomonedas dadas en garantía, el acreedor debe solicitar el secuestro del bien al juez. Dado que la aprehensión material de estos bienes es imposible, el secuestro y desapoderamiento se hace efectivo mediante órdenes judiciales orientadas a asegurar el control exclusivo del activo y su realización forzada.
Un magistrado puede disponer las siguientes medidas:
- Orden de transferencia o inmovilización: se intima al Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (exchange) a que congele temporalmente los activos o los transfiera a una billetera o cuenta bajo el control del tribunal o del acreedor
- Orden de entrega de credenciales: se intima directamente al deudor para que entregue sus claves privadas, llaves criptográficas o credenciales de acceso necesarias para ejercer el control del activo. Si se niega, el juez puede imponerle multas crecientes (astreintes)
Si la exchange tiene domicilio en Argentina, es considerada un tercero depositario y debe cumplir la orden en un plazo máximo de 24 horas. Si tiene sede en el exterior, el juez puede utilizar exhortos de cooperación judicial internacional, intimar al deudor a que gestione él mismo la transferencia bajo amenaza de multas, u ordenar medidas cautelares sobre otros bienes que el deudor tenga en el país por un valor equivalente a la garantía.
Esta última medida es el único remedio disponible si las criptomonedas se encuentran en protocolos de finanzas descentralizadas (DeFi), en las que no existe un proveedor o administrador identificable.
Una vez obtenido el control del activo, ya que un remate público tradicional resulta inapropiado para las criptomonedas, el juez puede autorizar formas alternativas para su venta, como transferencia directa del activo, subasta en plataformas especializadas o comercialización directa a un precio de mercado acreditado. Luego de realizada la venta, el acreedor tiene 30 días hábiles para presentar una rendición de cuentas documentada.
Qué otras novedades trae el proyecto sobre digitalización
Juan Pablo Fridenberg y Santiago Mora, del estudio Mora, Garfunkel, Fridenberg y Verly, aseguran a iProUP que "el anteproyecto modifica el régimen de prenda con registro, quitando peso de requisitos para su formalización".
"En la actualidad, dichos contratos sólo pueden formalizarse con firma digital u ológrafa. También admite 'firma electrónica avanzada', que es una especie de firma electrónica reconocida por la doctrina pero no prevista en la legislación aún", agregan.
Según los letrados, "reconoce plena validez jurídica a los contratos celebrados con procesos automatizados, contratos inteligentes y tecnologías de registro distribuidos, y se pasa a incluir expresamente como objeto de este tipo de contratos a los activos virtuales".
Fridenberg y Mora destacan que "también se introducen modificaciones en el Código Civil y Comercial de la Nación y en la Ley de Mercado de Capitales que permiten la emisión de secutity tokens de manera nativa, es decir directamente en la blockchain, sin tener que cumplir con formalismos que sólo estaban justificados en momentos históricos y tecnológicos anteriores".
Sin embargo, Santamaría advierte que "lo que hoy se encuentra regulado es la representación digital de activos financieros tradicionales: primero existe una acción, una obligación negociable o un fideicomiso financiero bajo el régimen jurídico clásico y, posteriormente, ese instrumento obtiene una representación digital sobre blockchain. Pero es necesario impulsar activos nativos en la Web 3".
"La Argentina está dando un paso decisivo para digitalizar el mercado de capitales. El próximo desafío será construir el marco jurídico que permita que esos activos financieros nazcan directamente sobre blockchain, sin depender de un registro tradicional paralelo", concluye.