ARCA reglamentó el funcionamiento del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), un esquema pensado para que las PyMEs accedan a beneficios fiscales por proyectos de inversión productiva.
La normativa fue elaborada junto con las secretarías de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Energía y se oficializó a través de una resolución conjunta publicada en el Boletín Oficial.
El RIMI fue creado por la ley 27.802 y reglamentado posteriormente por el Decreto 242/2026. Entre los principales beneficios aparecen la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de créditos fiscales de IVA.
Para operar dentro del régimen, las empresas deberán utilizar una nueva plataforma digital denominada Sistema de Gestión de Inversiones (SGI). A través de este portal se realizará:
- inscripción de proyectos
- solicitud de beneficios fiscales
- seguimiento de los trámites
Las empresas que quieran acceder deberán contar con certificado MiPyME vigente. En el caso de firmas que ya tengan actividad, el certificado deberá estar activo desde el inicio del ejercicio fiscal en el que se concrete la primera inversión.
Para los nuevos emprendimientos, la condición cambia levemente. Las compañías que comiencen a operar y hagan su primera inversión durante el mismo ejercicio fiscal deberán tener el certificado vigente al momento exacto de realizar esa inversión.
Qué empresas podrán acceder al nuevo esquema de beneficios
La reglamentación también incorporó a asociaciones civiles, fundaciones, mutuales y otras entidades sin fines de lucro: aunque no puedan tramitar el certificado MiPyME tradicional, podrán ingresar al régimen si cumplen con determinados parámetros de facturación.
En esos casos, las entidades deberán solicitar una caracterización especial ante la Secretaría de Industria y Comercio, donde se autorizará a ARCA a compartir la información necesaria para validar su situación.
La resolución confirmó que ciertos bienes quedarán exceptuados del monto mínimo de inversión exigido por la ley. Entre ellos aparecen equipos de riego, bienes de eficiencia energética, mallas antigranizo y bienes semovientes vinculados al sector agropecuario.
Las secretarías de Energía y Agricultura serán las encargadas de definir cuáles son los activos incluidos dentro de ese beneficio. Si una inversión no figura expresamente en los listados oficiales, las empresas deberán presentar informes técnicos firmados por profesionales matriculados.
En los proyectos que incluyan obras productivas, los beneficiarios tendrán que demostrar el avance de las inversiones mediante facturas, certificados técnicos y contratos respaldatorios. Toda la documentación deberá cargarse de manera digital en el sistema SGI.
La reglamentación también fijó mecanismos de control y fiscalización. ARCA verificará la situación fiscal de las empresas y las Secretarías podrán realizar auditorías técnicas sobre las inversiones. En caso de incumplimientos, el Estado podrá reclamar la devolución de beneficios fiscales, cobrar impuestos adeudados y aplicar multas.