Son muchos los argentinos que mueven dinero entre cuentas propias. Son una operación frecuente y muy repetida por distintos motivos. Sin embargo, estas transferencias están bajo la lupa de ARCA, que ya fijó los límites que activan controles automáticos de cara a abril del 2026.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero mantiene un sistema de reportes automáticos que obliga a bancos y billeteras virtuales a informar ciertos movimientos cuando éstos superan montos establecidos, aunque la plata sea de la misma persona.
Estos topes, claro está, no significan que esté prohibido mover el dinero, sino que el organismo pone la lupa sobre flujos de fondos que superan determinados valores para garantizar la transparecencia del sistema.
Los montos que cambian todo: qué vigila ARCA en tu cuenta
El límite para personas físicas está fijado en $50.000.000 mensuales. Por otro lado, para las empresas y personas jurídicas, el umbral es más estricto: $30.000.000 por mes.
Es clave tener en cuenta que estos valores no solo contemplan las transferencias individuales desde o hacia bancos y billeteras, sino el total acumulado de ingresos y egresos durante todo el mes.
El saldo al cierre del último día hábil también entra en el radar. Si la cuenta termina el mes por arriba de estos números, la entidad también deberá reportar los datos del titular, el número de cuenta, el CBU o CVU y los montos totales operados.
Para quienes operan en dólares, la conversión se hace al tipo comprador del Banco Nación al cierre del mes.
El mismo criterio rige para las criptomonedas, tomando la última cotización disponible al finalizar el período.
En concreto, estos son los montos actualizados a partir de los cuales el sistema se activa y las entidades deben reportar a ARCA:
- Transferencias o acreditaciones: $50.000.000
- Billeteras virtuales: $50.000.000
- Saldos bancarios al cierre de mes: $50.000.000
- Pagos generales: $50.000.000
- Extracciones en efectivo: $10.000.000
- Compras como consumidor final: $10.000.000
¿Superaste el límite? Lo que ARCA te puede pedir y cómo protegerte
Superar estos topes no implica una sanción automática, pero sí puede activar un proceso de análisis más profundo.
ARCA tiene la facultad de solicitar al contribuyente que justifique el origen de sus fondos con documentación respaldatoria.
Si no se presenta esa documentación, la situación puede derivar en un reporte de operación sospechosa ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
Qué documentos necesitás para evitar problemas con ARCA
La documentación que el organismo puede requerir incluye:
- Comprobantes de compra o venta
- Recibos de sueldo o comprobantes previsionales
- Facturación de los últimos 3 a 6 meses
- Constancia de inscripción en el Monotributo
- Certificación de fondos firmada por contador público
- Documentación de respaldo de las operaciones
El problema más común entre los contribuyentes no es el monto en sí, sino la falta de respaldo documental.
Cuando llega el pedido de ARCA, ya puede ser tarde para conseguir ciertos comprobantes.