La Comisión Nacional de Valores (CNV) prohibió la stablecoin ARGt, conocida como el peso cripto argentino, al impedirles a Belo y Twin Finance "hacer oferta pública de valores negociable", bajo amenaza de sanciones. Ahora, las billeteras como Lemon, Ripio, Bitso, Buenbit y otros, deberán desindexarla.

"La CNV dispuso la suspensión preventiva la promoción y oferta del token ARGt, de una plataforma que ofrecía rendimientos cercanos al 32% TNA", precisan a iProUP los expertos Gilberto Santamaría y Ana Elisa de Iparraguirre.

Y añaden: "Según el organismo, la medida se adoptó en el marco de sus facultades de supervisión del mercado de capitales, ante la posible configuración de una oferta de instrumentos de inversión no autorizada".

"La decisión de la CNV puede leerse dentro de una línea regulatoria que el propio organismo ya había insinuado años atrás. En 2017, al advertir sobre las ofertas iniciales de monedas virtuales o tokens (ICO), la CNV señaló expresamente lo siguiente", indica a iProUP el experto Rosendo Gravanago.

Y detalla que: "Dependiendo de las características de cada ICO, los tokens o monedas virtuales emitidos podrían constituir valores negociables en los términos de la Ley de Mercado de Capitales."

"Ese señalamiento deja abierta la posibilidad de analizar los criptoactivos caso por caso, atendiendo a su estructura y a la forma en que se ofrecen al público", explica.

Una decisión inesperada

Gravanago subraya que "el eje del debate no es la tecnología blockchain, sino si el activo digital, por la estructura económica del esquema, un instrumento de inversión ofrecido al público".

Y apunta: "Si un mecanismo basado en criptoactivos capta fondos del público con expectativa de ganancias, el derecho del mercado de capitales ya dispone de herramientas para analizar ese tipo de situaciones".

Federico Tjor, abogado experto en cripto y mercado de capitales, remarca a iProUP que "la intervención de la CNV en el rápido examen (2 meses es alentador, ya que más allá del caso concreto de Belo, existe un historial de casos como Generacion Zoe, Vayo Coin, Rainbow Exchange, entre otros, que derivaron en grandes pérdidas para el público inversor, por no haberse tomado cartas en el asunto con la rapidez adecuada". 

Y advierte: "La inexistencia de documentación sobre sus fundamentals, un White Paper que describa su plan de negocios, protocolo o arquitectura, mecanismos de consenso, cantidad de monedas emitidas y método de distribución entre otros aspectos, importa un claro riesgo hacia el inversor (prohibido por ley), por insuficiencia informativa".

Qué pasa ahora con la stablecoins

Mariana Martínez Brizuela, socia de Industria Financiera y de Seguros, BDO en Argentina, puntualiza a iProUP los siguientes aspectos de la norma de la CNV y sus consecuencias:

1. La resolución RESFC-2026-23483 no es solo una medida preventiva contra un producto puntual. Es la aplicación explícita de una prohibición que ya existía en la ley pero que el ecosistema cripto venía ignorando sistemáticamente: los PSAVs no pueden ofrecer valores negociables sin autorización previa de la CNV. Quien lo haga es pasible de sanción administrativa y, eventualmente, civil y penal.

2. El regulador identificó los tres elementos del contrato de inversión: aporte de capital en un esquema común gestionado por terceros, con expectativa de ganancias. La conclusión fue directa: ARGt es un valor negociable. Ni Belo ni Twin Finance tenían autorización de oferta pública. La intervención fue irregular desde su origen.

3. Las conductas de ambas entidades son "susceptibles de sanción administrativa según la Ley de Mercado de Capitales", sin perjuicio de responsabilidades civiles y penales. Ese artículo habilita apercibimiento, multas de magnitud significativa, suspensión e inhabilitación, extensibles a directores y representantes legales, no solo a la persona jurídica.

4. Alerta para inversores: mantener tenencias en ARGt bajo advertencia regulatoria pública puede ser interpretado por sujetos obligados como operación inusual sujeta a reporte ante la UIF.

Qué ocurrirá con los tokens indexados en billeteras

PSAVs inscriptos (Lemon, Ripio, Bitso, Buenbit y otros) deben realizar una revisión urgente e inmediata del catálogo de activos.

Si un activo ofrece yield administrado por terceros, es potencialmente un valor negociable. Sin autorización de oferta pública, su distribución replica exactamente el riesgo de Belo.

Fintechs y billeteras digitales: los productos de rendimiento sobre FCI money market no están en la línea de fuego directa, pero cualquier integración futura con activos cripto que generen yield requiere análisis regulatorio previo antes de su lanzamiento.

Bancos: impacto indirecto pero relevante. El fallo reequilibra la competencia por el ahorrista: si los activos digitales con yield quedan sujetos al mismo régimen de autorización que los instrumentos tradicionales, la ventaja competitiva del ecosistema cripto se reduce.

El riesgo de fondo es que la respuesta del mercado sea migrar la oferta offshore, dejando al inversor argentino sin supervisión alguna.

Qué pasa con la clasificación de las cripto y la CNV

"La falta de una clasificación jurídica y funcional precisa de los criptoacrtivos genera inevitables distorsiones regulatorias y dificulta la aplicación coherente de los marcos normativos existentes", sostienen Santamaría y De Iparraguirre.

"El caso vinculado al token ARGt y su promoción asociada a rendimientos cercanos al 32% TNA reabrió un debate que resulta central para el desarrollo del ecosistema cripto y su adecuada regulación: la correcta clasificación jurídica de los criptoactivos", resaltan.

Y remarcan: "El punto relevante no radica en la tecnología utilizada ni en la denominación del instrumento, sino en su función económica dentro del esquema financiero en el que opera". El debate regulatorio es: ¿stablecoin o contrato de inversión?"

"Y posiciones en protocolos descentralizados (DeFi), su naturaleza económica podría apartarse de la lógica de un simple medio de pago", subrayan Santamaría y De Iparraguirre.

"En el derecho argentino, la Ley de Mercado de Capitales adopta un concepto amplio de valores negociables que incluye a los contratos de inversión. Este carácter abierto permite analizar estructuras económicas nuevas más allá de su denominación formal", explican.

No obstante, advierten: "Sin embargo, el recurso a estas categorías tradicionales también evidencia la ausencia de una calificación legal pecífica para criptoactivos, algo que obliga a encuadrar fenómenos tecnológicos recientes dentro de marcos jurídicos concebidos para realidades financieras muy distintas".

"El caso vuelve a poner de manifiesto un problema recurrente en la regulación de los criptoactivos: la tendencia a clasificarlos en función de su denominación tecnológica en lugar de hacerlo según su funcionalidad económica", insisten.

El caso ARGt revela un fenómeno que excede ampliamente el análisis de un caso particular y expone una debilidad estructural del marco regulatorio aplicable a los criptoactivos: la ausencia de una calificación legal clara que permita clasificar estos instrumentos en función de su verdadera naturaleza económica.

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