Cristian Girard, titular de ARBA, brindó una entrevista en A24 junto al periodista Antonio Laje, donde explicó detalladamente qué sucederá a partir de noviembre con la retención de ingresos brutos por el uso de billeteras digitales en la Provincia de Buenos Aires.

De esta forma, Girard sentenció de antemano que no se cobrarán impuestos por el uso de las billeteras virtuales, y además aseguró que fue todo un manejo de fake news.

Pagos de ingresos brutos en billeteras digitales

"La gente cuando hace una compra en un comercio, paga un garage, o compra algo por la web y paga con Mercado Pago, ARBA no le va a cobrar ningún impuesto", sostuvo Girard.

Y el funcionario añadió: "No va a cambiar nada, no es que ahora cuando paguen se les va a sumar un impuesto nuevo, ingresos brutos. Si le transferís a un amigo tampoco vas a pagar nada, ni el que recibe la plata".

"En el caso de hacer una colecta para comprar un regalo, tampoco va a haber un impuesto o una retención", manifestó el titular de ARBA.

De esta forma, Girard explicó que se trata de un mecanismo de recaudación anticipada de ingresos brutos, para aquellos comercios, cuando realizan sus ventas, cobran esas ventas mediante una transferencia desde la billetera virtual.

"Cuando los cobros se hacían mediante una transferencia bancaria, ya contaban con ese cobro anticipado de ingresos brutos. Cuando cobran con tarjeta o QR, también tienen esa retención que es a cuenta de lo que tiene que pagar ese comercio cuando termina el mes y presenta su declaración jurada de ingresos brutos", subrayó Girard.

Por otro lado, el titular de ARBA manifestó que esta normativa entrará en vigor a partir de noviembre, ya que todavía algunas billeteras virtuales no están preparadas para subirse a este régimen de recaudación que administra la Comisión Arbitral, no ARBA.

"Creo que de acá a fin de año ya estarán las 24 jurisdicciones bajo este régimen. ARBA es la provincia número 20 que se une a este cobro de ingresos brutos", añadió.

De esta forma, el ejecutivo sostuvo que se les va a dar el mismo tratamiento a los bancos, a las tarjetas de crédito y débito, a los QR y a las billeteras virtuales, en materia de recaudación de ingresos brutos.

En el caso de cobros de jubilaciones o sueldos, y sus transferencias a las billeteras digitales, Girard dijo que esta medida no alcanzará en estos casos la retención de los ingresos brutos.

¿A quiénes afectará esta medida de ARBA?

La disposición no modifica la operatoria de los usuarios particulares, ya que quienes usan billeteras virtuales para gastos cotidianos, pagos de servicios o transferencias personales no verán cambios, siempre que no sean contribuyentes de ingresos brutos.

En cambio, sí tendrá impacto para profesionales, comerciantes y monotributistas ya registrados en ese impuesto dentro de la provincia.

En esos casos, las billeteras electrónicas retendrán un porcentaje de las acreditaciones, del mismo modo en que actualmente lo hacen los bancos.

Te puede interesar