Rúbrica digital: el nuevo proceso de los libros de sueldos en PBA
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El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires recordó la entrada en vigencia de la Resolución MTGP 147/24, que establece la creación del Sistema de Trabajo Bonaerense (SISTRADIB).
Este sistema modifica la rúbrica digital del Libro de Sueldos, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 20.744.
El convenio que el organismo mantenía con la AFIP perdió vigencia, y el nuevo sistema digital se implementó a través del Portal de Trabajo creado por el Ministerio.
El proceso de implementación del sistema se desarrollará según el siguiente cronograma con fechas estipuladas:
Los empleadores deberán acceder al sitio web del Ministerio y clickear "Portal de servicios" e iniciar sesión.
Luego, constituirán un domicilio electrónico provisional y aceptarán los términos y condiciones del portal.
Por último, tendrán que realizar el reempadronamiento o inscripción en el "Legajo Digital del Empleador".
Los empleadores con domicilio legal o fiscal dentro de la Provincia de Buenos Aires deben estar registrados en el Legajo Digital del Empleador y tendrá que mantenerse actualizado.
Deberán completar el reempadronamiento proporcionando la información requerida y actualizar el registro de usuarios autorizados para actuar en nombre del empleador ante el Ministerio.
Para presentar la documentación laboral que requiera rúbrica digital los empleadores deberán:
Los empleadores que aún tengan saldos de hojas móviles sin usar podrán utilizarlas hasta diciembre de 2024. A partir de enero de 2025, todas las presentaciones deberán realizarse en formato digital.
El abono de la tasa correspondiente se efectuará al generar el comprobante de pago desde el portal digital, una vez que la documentación haya sido presentada en la plataforma.
Para cada trámite, es obligatorio presentar la siguiente documentación: