La Justicia ha ordenado la entrega total de información y documentos relacionados con las deudas contraídas en nombre de una mujer víctima de usurpación de identidad.

Esta resolución pone fin a una prolongada batalla legal, iniciada para corregir la clasificación errónea de morosidad y exigir acceso a la documentación respaldatoria de los créditos y tarjetas obtenidos fraudulentamente con el DNI reportado como perdido en 2018.

Un proceso judicial que destaca la necesidad de proteger los derechos de las víctimas en casos de usurpación de identidad.

¿Cómo la Justicia garantiza el acceso a datos personales tras una usurpación de identidad?

La Cámara Civil y Comercial Federal ha analizado que la entrega de información sobre el origen de las deudas cuestionadas es esencial para el derecho del titular a acceder a detalles sobre sus datos personales y los documentos que los respaldan, según informó Infobae.

En respuesta a este análisis, el Tribunal de Apelaciones ha dictaminado que las entidades demandadas, incluyendo un banco, una empresa de informes financieros y otra de medios de pago, deben poner a disposición de la víctima, en un plazo de diez días, "toda información y/o documentación" relativa al origen de las deudas que motivaron los registros en el Veraz.

Esto incluye la documentación utilizada para otorgar tarjetas de crédito y préstamos a su nombre, así como información sobre cómo se gestionó el proceso y en qué bases de datos se la registró como morosa.

La víctima descubrió que estaba catalogada como deudora irrecuperable al revisar su informe en el Veraz

El caso se inició en 2018, cuando la mujer perdió su Documento Nacional de Identidad y, a pesar de haber denunciado el extravío a la policía, recibió reclamos por deudas que no contrajo.

Al revisar su informe de Veraz, descubrió que estaba catalogada como deudora irrecuperable nivel 5 por un préstamo de un fideicomiso financiero, junto con deudas por consumos con tarjetas de crédito que nunca solicitó y otro préstamo bancario impago.

Defensa legal ante reportes indebidos en sistemas crediticios

Los jueces Fernando Alcides Uriarte y Guillermo Antelo destacaron que la víctima fue catalogada con categorías 4 y 5, denotando un alto grado de insolvencia e irrecuperabilidad, respectivamente, debido a deudas atribuidas durante varios meses de 2018 y 2019.

Después de no obtener respuesta extrajudicial, la presunta morosa presentó una acción de "habeas data", solicitando la eliminación de sus datos de Veraz, del Banco Central y cualquier otra base financiera.

Aunque la sentencia declaró abstracto el reclamo sobre la información incorrecta, ya que sus datos fueron eliminados después de la demanda, no se abordó el acceso a la información sobre el origen de las deudas, ahora ordenado por la Cámara.

Además, las entidades demandadas fueron condenadas a pagar todos los gastos del juicio, ya que no actuaron ni proporcionaron información cuando la afectada lo solicitó, incluso ignorando reclamos por carta documento.

Con el DNI extraviado se solicitaron tarjetas de crédito y un préstamo bancario

La lucha judicial por respuestas

La respuesta a las solicitudes legales solo llegó cuando fue requerida judicialmente, evidenciando la conducta "reticente" de las empresas involucradas y llevando a la víctima de la usurpación de identidad a tomar acciones legales en defensa de sus derechos.

El banco denunciado eliminó la información errónea solo "con posterioridad" al inicio del proceso legal, según se corrobora en un informe crediticio incorporado a la demanda.

Las empresas de medios de pago y evaluación crediticia ignoraron las cartas documento de la afectada antes de la intervención judicial.

Ahora, tendrán que costear el juicio y proporcionar a la mujer, en diez días hábiles tras la sentencia firme, toda la información y documentación sobre el origen de las deudas a su nombre.

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